Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2022

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220601-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

101
Rivas-Vaciamadrid. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Visto el decreto de la Alcaldía-Presidencia número 77/2020, de 16 de enero de 2020, por el que se delegan competencias del alcalde-presidente en la Junta de Gobierno local. Considerando las competencias atribuidas al alcalde-presidente en los artículos 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 24.e) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

En uso de las facultades que me atribuyen los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.—Modificar el decreto número 77/2020, de 16 de enero de 2020, por el que se delegan competencias del alcalde-presidente en la Junta de Gobierno local y, en consecuencia, delegar en la Junta de Gobierno Local:

A) En materia de urbanismo.

El otorgamiento de autorizaciones y licencias, incluidas las autorizaciones de ocupación del dominio público y espacios públicos, para la instalación de elementos vinculados con el otorgamiento de licencias, que condicionen el tráfico rodado (calzada) y el tráfico peatonal (acera).

Se exceptúa de la delegación la concesión de licencias de cala y obra menor y aquellas actuaciones urbanísticas que se tramiten como declaración responsable o comunicación previa, cuya resolución corresponderá a la Concejalía competente en materia de urbanismo.

Segundo.—En lo no dispuesto en la presente resolución, el decreto número 77/2020, de 16 de enero de 2020, se mantiene en todos sus términos.

Tercero—Notificar la presente resolución a la coordinadora de Área de Ciudad Sostenible, a las Coordinaciones de Área, a la Dirección de Área de Ciudad Sostenible y a los Servicios Técnicos y Jurídicos de Urbanismo.

Cuarto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, dando cuenta del mismo al Pleno en la primera sesión que se celebre.

En Rivas-Vaciamadrid, a 20 de mayo de 2022.—La secretaria general accidental, Silvia Gómez Merino.

(03/10.419/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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