Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220608-19

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

19
DECRETO 32/2022, de 1 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid.

Con base en la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en el artículo 10 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid, constituye uno de los escasos ejemplos de vivienda de la Colonia Metropolitana, construida entre 1920 y 1925, y posee el valor simbólico de haber sido escenario de la vida y lugar de la producción literaria del Premio Nobel y centro de reunión de los amigos del poeta; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Patrimonial de dicho inmueble.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes; al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y a la Real Academia de la Historia.

Igualmente se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (13 de diciembre de 2021), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, donde queda inscrito preventivamente con el código RBIP-2021-000004.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en los artículos 2.3, 4.1, 7.1, 7.2, 7.3, 10, 11 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2021 muestra su conformidad, por mayoría de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 24 de noviembre de 2021 por la que se incoa expediente para la declaración como Bien de Interés Patrimonial de la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid.

La Real Academia de la Historia aprobó informe, en sesión académica de fecha 21 de enero de 2022, donde pone de manifiesto su parecer de estricta justicia que la casa de Vicente Aleixandre sea declara Bien de Interés Patrimonial por la Comunidad de Madrid.

No figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando haya emitido informe, por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración de Bien de Interés Patrimonial.

Se reciben once escritos de alegaciones durante proceso de instrucción que son estudiados, informados, incorporados al expediente y contestados; procediéndose, a tenor de sus conclusiones, a reiterar la propuesta técnica inicial, con la salvedad de diversas correcciones relativas a algunos aspectos de la biografía del autor y la evolución constructiva de algunos elementos del inmueble que han sido comprobadas, así como aclaraciones sobre los proyectos de la casa una vez reconstruida tras la Guerra Civil.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de junio de 2022,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Patrimonial la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 1 de junio de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

A) DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE LA DECLARACIÓN

1. Identificación y localización del objeto de la declaración

Referencia catastral 9276601VK3797E0001LM.

La casa de Vicente Aleixandre se encuentra en la calle Vicente Aleixandre 3 y 5, en la Colonia Parque Metropolitano, incluida en la APE-01 del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 de Madrid, vigente.

2. Contexto histórico

La Casa de Vicente Aleixandre en Madrid es un edificio unifamiliar aislado ubicado en la antigua calle Velintonia, 3 (hoy calle Vicente Aleixandre, 3 y 5), formando parte de la Colonia Metropolitana En ella vivió el poeta, con excepción de los años de la Guerra Civil, desde 1927, momento en el que se instaló con su familia, hasta su muerte en 1984, quedando deshabitada cuando falleció su hermana.

Vicente Aleixandre y Merlo (Sevilla 1898-Madrid 1984), considerado uno de los más grandes poetas de la literatura española, fue un hombre entregado de lleno a la poesía, con una extensa producción.

Después de vivir unos años en Málaga, en 1909 se trasladó a Madrid donde recibió su formación académica en Derecho y Comercio. Después, a partir de la publicación de su primer libro “Ámbito”, dedicará toda su vida a la poesía. Adscrito a la Generación del 27, se le concedió el Premio Nacional de Literatura en 1933.

Tras la Guerra Civil, en 1944, publicó su libro “Sombra del Paraíso”, lo que supuso una conmoción en la poesía española de aquella época. En 1949 fue nombrado Académico, ingresando en la Real Academia Española el 22 de enero de 1950.

En 1977 le fue concedido el premio Nobel de Literatura “por su escritura poética creativa, que ilumina la condición del hombre en el cosmos y en la sociedad actual, a la par que representa la gran renovación, en la época de entreguerras, de las tradiciones de la poesía española”, lo que supuso el reconocimiento como un poeta fundamental en la poesía contemporánea española, y como integrante de la Generación del 27. Ese mismo año fue condecorado con la Gran Cruz de Carlos III.

El inmueble, que habitó durante un largo periodo de su vida, con una extensión de 630 metros cuadrados construidos en tres plantas, se localiza en una parcela de 799 metros cuadrados, con un jardín en el que se conserva un cedro del Líbano plantado por el propio poeta.

Su construcción original se realizó hacia 1926-1927 con proyecto del arquitecto Lorenzo Gallego Llausás, momento en el que convergen diversas tendencias arquitectónicas. Por una parte pervive la corriente regionalista e historicista, basada en las construcciones cántabras y vascas, con entramados de madera; por otra, surge un grupo de arquitectos que huyen del historicismo anterior, de la excesiva originalidad, y que rechazaba las vanguardias, creando una arquitectura racionalista basada en sencillez, con algunas referencias a la tradición local fundamentalmente en los materiales pero sin aditamentos, en la que no hay concesiones gratuitas.

La casa formaba parte de la Colonia Metropolitana o “Parque urbanizado” de la Compañía Urbanizadora Metropolitana. Una de las colonias que se construyeron durante los años veinte y treinta en el exterior del casco urbano de Madrid (La Prosperidad, Mirasierra, Parque-Residencia, El Viso, Bellas Vistas, Cruz del Rayo, etc.), basadas en las leyes de Casas Baratas de 1911 y 1921, destinadas a una clase media que buscaba otra forma de vida en la que se concedía gran importancia a la naturaleza.

La urbanización de la zona se llevó a cabo durante la década de los años veinte y fue realizada por ingenieros y arquitectos de la compañía, los hermanos Otamendi, José Salcedo y Casto Fernández Shaw. Una zona dedicada a vivienda unifamiliar aislada adaptada a una trama viaria, en la que cada propietario adquiría su parcela y la edificación corría a su cargo, lo que provocó una falta de unidad estilística, pudiéndose encontrar tipologías historicistas, regionalistas, racionalistas, populares, mixtas. La compañía pretendía crear un parque urbanizado con viviendas unifamiliares rodeadas de jardines y huertas, donde la clase media, al terminar sus ocupaciones, gozase del reposo y tranquilidad del hogar.

El inmueble fue afectado por la Guerra Civil, siendo objeto de reconstrucción hacia 1940. Posteriormente, en abril de 1941, se ejecuta otro proyecto de reconstrucción y reforma en la distribución de planta alta y construcción de una escalera, firmado por el arquitecto Fernando Gallego Fernández. Del análisis de las planimetrías de los proyectos parece deducirse que la casa no fue destruida en su totalidad, viéndose afectada principalmente la planta superior.

En la actualidad, de las ciento quince viviendas construidas en la colonia se mantienen muy pocas edificaciones originales, la mayoría son de nueva construcción o están muy reformadas y alteradas debido a los cambios que se han producido en sus primitivos usos. Quedan escasas construcciones dedicadas a uso residencial, predominando instituciones como colegios, clínicas, residencias universitarias, religiosas, etc., por lo que la casa de Vicente Aleixandre constituiría uno de los escasos elementos conservados de la colonia, si bien con algunas reformas y modificaciones.

La vivienda del poeta Vicente Aleixandre, escenario de su vida y lugar de la mayor parte de su producción literaria durante muchos años se convirtió en el centro de reunión de sus amigos. En ella celebraba reuniones y tertulias donde recibía a poetas, escritores, artistas, intelectuales y políticos del siglo XX.

A lo largo de los años, este grupo de amigos incluiría a destacados poetas y escritores como Dámaso Alonso, Gerardo Diego, Luis Cernuda, Rafael Alberti, Federico García Lorca y Miguel Hernández, entre otros, convirtiéndose en escenario de conversaciones y debates culturales. Después, atraídos por la figura del escritor, los poetas de la posguerra, de los años cincuenta y sesenta, seguirían frecuentando su casa, participando en las tertulias figuras como Jaime Gil de Biedma, Francisco Brines, Carlos Bousoño, José Luis Cano, José Hierro, Francisco Nieva; y posteriormente los llamados “Novísimos”, en especialmente Luis Antonio de Villena y Vicente Molina Foix.

Este punto de encuentro alcanzó una mayor notoriedad cuando Vicente Aleixandre recibió el premio Nobel de Literatura en 1977, lo que suponía un reconocimiento universal de su obra; una poesía caracterizada por el uso de la metáfora, la belleza y la meditación, que cautivó a las jóvenes generaciones y cambió la realidad poética española.

Todo ello convierte la casa de la calle Velintonia en un lugar destacado para la historia de la cultura española del siglo XX, un hito relevante de la historia de la literatura española desde la Generación del 27 a los Novísimos, pero también de la literatura universal.

3. Descripción del bien inmueble

El inmueble está constituido morfológicamente por una construcción de tres plantas, de forma ortoédrica, con un volumen añadido en su esquina noroeste que alberga una escalera, y un volumen que sobresale en el extremo izquierdo trasero. Tiene una terraza en la fachada principal, y dos terrazas con un porche en la fachada trasera.

El edificio es de gran simplicidad formal, con ciertas notas populares. Presenta sus fachadas lisas, enfoscadas y pintadas, en las que se abren sencillos vanos cuadrangulares sin ninguna concesión decorativa. En la fachada que da a la calle destaca un cuerpo saliente de ladrillo, que conforma una terraza en el piso superior rematada por una barandilla metálica. En la parte baja se ubican dos puertas estrechas de ingreso a la casa, a las que se accede mediante cuatro escalones. Los vanos conservan la rejería original de forja y de estilo Art Decó, con formas avolutadas y de palmetas, junto con otras geometrizadas. La fachada que se orienta al jardín presenta, en el segundo piso, una terraza volada con cubierta sostenida por zapatas y balaustrada metálica, que se apoya sobre dos pilares exentos, dando lugar a un porche en el piso bajo, elementos todos ellos que dan a la casa cierto aire popular. Junto a este destaca otro cuerpo cúbico y liso con tres plantas que avanza sobre la fachada, en el que se abren tres vanos. En la fachada oeste, en las plantas baja y superior, aparece una bow-window.

La estructura de la casa es metálica tanto en sus soportes verticales como en las viguetas que constituyen su forjado. La cubierta, a cuatro aguas, de teja curva, está soportada por una estructura de madera. La carpintería exterior es la original de madera pintada.

En los noventa años desde su construcción, la casa ha experimentado sucesivas modificaciones evidentes. Junto al extremo de la fachada norte se le añadió un volumen que contiene, según el proyecto, una escalera de cuatro tramos, a la que se accede desde el jardín por el número 5 de la calle y que comunica solamente las plantas sótano y superior, permaneciendo independiente de la planta baja.

Actualmente, la casa está dividida en dos viviendas, una formada por la planta sótano y primera con acceso al jardín, y otra integrada por la planta superior a la que se accede por el volumen añadido con escalera y una pequeña parte de la planta sótano.

La distribución de las estancias interiores de la casa también ha sufrido algunas modificaciones en el transcurso del tiempo, pero conserva originales las carpinterías de puertas y ventanas, algunos armarios, radiadores y algunos pavimentos.

4. Enumeración de partes integrantes y pertenencias

Casa de tres plantas (sótano, bajo y primero), volumen rectangular junto a fachada norte con escalera; jardín, donde destaca un cedro del Líbano plantado por el poeta; cerca que rodea la parcela.

Rejas de puertas y ventanas, barandillas de terrazas.

5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico que constituyan parte esencial de su historia

La casa fue completamente desalojada encontrándose en la actualidad totalmente vacía, sin ningún mobiliario, ni biblioteca ni archivo afecto a Vicente Aleixandre.

B) VALORES QUE JUSTIFICAN LA DECLARACIÓN DEL BIEN

La casa que fue vivienda del poeta Vicente Aleixandre, es una construcción que sigue las pautas de sencillez y sobriedad, con algunas notas populares, características de la arquitectura racionalista propia del momento.

La construcción original, con modificaciones posteriores a la Guerra Civil, constituye uno de los escasos elementos conservados que formaban parte del conjunto de viviendas adaptadas a una trama viaria que componían la Colonia Metropolitana, urbanizada en la década de los años 20. La colonia estaba dedicada a vivienda unifamiliar aislada, rodeada de jardines y huertas, pudiéndose encontrar tipologías historicistas, regionalistas, racionalistas, populares, destinadas a una clase media que buscaba otra forma de vida en la que se concedía gran importancia a la naturaleza. Actualmente quedan escasos ejemplos dedicadas a uso residencial, predominando instituciones como colegios, clínicas, residencias universitarias, religiosas, etc.

Cabría destacar el valor simbólico de la casa por haber sido escenario de la vida y lugar de la producción literaria del Premio Nobel. Además, la vivienda se convirtió en el centro de reunión de los amigos del poeta, destacados miembros de la Generación del 27, como Dámaso Alonso, Gerardo Diego o Rafael Alberti, artistas, escritores, intelectuales y políticos. Después de la Guerra Civil, seguirían frecuentando su casa figuras como Carlos Bousoño, José Luis Cano, José Hierro y los llamados “Novísimos”, alcanzando una mayor notoriedad cuando le fue concedido el Premio Nobel de Literatura en 1977, lo que supuso un reconocimiento universal de su obra, pero también y en cierta manera de toda la Generación del 27; una poesía que cautivó a las jóvenes generaciones y cambió la realidad poética española. Todo ello convierte a la casa de la calle Velintonia en un inmueble significativo de la historia de la literatura española del siglo XX, pero también de la literatura universal.

C) DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN

1. Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección

Manzana 92779, parcelas 02, 04, 08.

Manzana 91764, parcela 01.

Manzana 92766, parcelas 01, 02, 03, 04.

2. Espacios públicos incluidos en el entorno de protección

Calle del Vicente Aleixandre desde el vértice oeste de la parcela 04 de la manzana 92779 hasta la calle de la Granja.

Calle del Atajo desde la calle de Vicente Aleixandre hasta la calle poeta Ángela Figuera.

3. Justificación del entorno de protección

La declaración del entorno de protección del bien de interés patrimonial se fundamenta en la protección del bien en su consideración de hito cultural e histórico para su puesta en valor, para velar por la adecuación de las futuras intervenciones urbanísticas y arquitectónicas, evitar así la alteración de los valores ambientales asociados a la percepción del bien, así como las posibles perturbaciones de su correcta visualización. La declaración de este entorno persigue en definitiva la correcta protección, percepción y comprensión cultural del bien declarado.

El entorno incluye parcialmente la calle de Vicente Aleixandre y la calle del Atajo por completo, ya que desde ellas se contempla la casa de Vicente Aleixandre en su totalidad.

La percepción del bien desde la calle Vicente Aleixandre se ve afectada por las parcelas 02, 04, 08, de la manzana 92779; por la parcela 01 de la manzana 91764; y por las parcelas 01, 02, 04, de la manzana 92766.

La percepción del bien desde la calle del Atajo se ve afectada por la parcela 01 de la manzana 91764; y por las parcelas 01, 04, de la manzana 92766.

La percepción del bien se ve afectada también por las tres parcelas restantes y colindantes, que componen la misma manzana 92766, son 02, 03, 04.

La inclusión de estas parcelas que afectan directamente a la percepción del bien tiene como objetivo el que las futuras actuaciones, que puedan llevarse a cabo en sus suelos, fachadas y volúmenes, hayan de ser autorizadas por esta Dirección General de Patrimonio Cultural, con el fin de no perjudicar la adecuada percepción del bien y su entorno inmediato, y así proteger debidamente el patrimonio histórico y cultural de todos los madrileños.

4. Descripción gráfica del bien y del entorno

En F) se adjunta plano.

D) COMPATIBILIDAD DEL USO CON LA CORRECTA CONSERVACIÓN DEL BIEN

El uso ha sido habitacional. Su adaptación a nuevos usos deberá tener en cuenta los valores que han motivado la presente declaración.

E) ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN Y CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

La casa se encuentra deshabitada, con la consiguiente falta de mantenimiento, y actualmente en venta.

La estructura metálica de pilares, vigas y viguetas no aparenta exteriormente deficiencias, si bien se recomienda la realización de inspección periódica para evitar un posible deterioro progresivo. Resulta necesario conservar la carpintería exterior original de madera pintada, así como la cubierta de teja árabe curva y el color original de la pintura de fachada, si bien se admite la sustitución por nuevas carpinterías del mismo material y configuración que las originales, así como la modificación de la estructura de la cubierta, manteniendo la volumetría y material de cobertura (teja original o de idénticas características).

La envolvente exterior debería conservarse al máximo para mantener su carácter, y en ese sentido lo establece la protección municipal en el grado ambiental asignado. Se mantendrá la rejería de forja de terrazas y ventanas.

Se admite la renovación de los acabados interiores y la redistribución de los espacios interiores, fundamentalmente de las zonas de servicios y de los espacios de la planta sótano.

Se conservará la configuración espacial de las salas principales de las plantas baja y primera, en concreto: zaguán de acceso, sala de entrada con la chimenea, sala de lectura y de tertulias situadas en la planta baja, salón de la planta primera que tiene el mirador poligonal (tipo “bow-window”).

Se deberá mantener el jardín que rodea la casa como espacio libre de parcela, y en concreto se protege específicamente el cedro del Líbano plantado por Vicente Aleixandre.

Las intervenciones sobre el conjunto arquitectónico objeto de la declaración en un futuro estarán orientadas a preservar los valores que justifican la declaración del inmueble en su conjunto como bien de interés patrimonial. En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidas en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Además de lo expuesto, será objeto de especial atención cualquier actuación urbanística en los espacios libres y vías públicas que forman parte del entorno del bien, así como cualquier implantación de mobiliario urbano que pudiera alterar la percepción del monumento.

El régimen urbanístico de protección adecuado deberá tener en cuenta lo establecido en la declaración del inmueble como Bien de Interés Patrimonial, estableciendo en la catalogación su protección de acuerdo con los valores y criterios de intervención establecidos en la declaración.

F) PLANO DE DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN

Se adjunta plano.

(03/11.384/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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