Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220609-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
ORDEN de 26 de mayo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombra Presidenta de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, incluidos los Colegios Arbitrales de Telecomunicaciones y de Turismo, a doña María Teresa Álvarez Moreno.

I

El artículo 18 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece dos tipos de órganos arbitrales para la solución de los conflictos, los unipersonales y los colegiados, también llamados colegios arbitrales.

Según dispone el artículo 20 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, el colegio arbitral está integrado por tres árbitros acreditados elegidos cada uno de ellos entre los propuestos por la Administración, las asociaciones de consumidores y usuarios y las organizaciones empresariales o profesionales. En todo caso, además, los árbitros acreditados a propuesta de la Administración deberán ser licenciados en Derecho, ya resuelvan en equidad o en derecho, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 del mismo texto normativo.

II

La Comunidad de Madrid ejerce sus competencias en materia de protección al consumidor, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el artículo 1 del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

El artículo 5.a) del Decreto 246/2001, de 18 de octubre, por el que se crea el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, atribuye a dicho órgano de gestión el apoyo y tutela de la Junta Arbitral Regional de Consumo, así como el fomento de su actividad. La disposición adicional primera del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, adscribe el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, dentro de los órganos y entes que integran la administración institucional de dicha Consejería.

Con fecha 15 de febrero de 2021, el Ministerio de Consumo y la Comunidad de Madrid, han suscrito un convenio para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” número 49, de 26 de febrero de 2021 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 2 de marzo de 2021.

Mediante Acuerdo de 23 de abril de 2002, del Consejo de Administración del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, se creó el Colegio Arbitral de Telecomunicaciones; posteriormente, a través de Resolución de 9 de febrero de 2010, de la Gerencia del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo se constituyó el Colegio Arbitral de Turismo.

III

Desde 2020, el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo está llevando a cabo un proceso de transformación con la finalidad de adaptar los procedimientos de gestión y sus recursos a las necesidades reales que la tramitación de las solicitudes de arbitraje presentadas por los ciudadanos requieren.

En desarrollo de este proceso, se ha considerado la posibilidad de incorporar a docentes de prestigio del ámbito universitario como parte activa de los Colegios Arbitrales designados para la resolución de las controversias que puedan surgir entre consumidores y empresarios, de conformidad con el Sistema Arbitral de Consumo.

Con esta finalidad, se ha considerado el nombramiento, como Presidenta de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, incluidos los Colegios Arbitrales de Telecomunicaciones y de Turismo, de la Catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, Doña María Teresa Álvarez Moreno.

IV

El Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 40.2 atribuye al titular de la Consejería con competencia en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, el nombramiento de los Presidentes de los Colegios Arbitrales.

La presente Orden tiene por objeto el nombramiento de doña María Teresa Álvarez Moreno, como Presidenta de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, incluidos los Colegios Arbitrales de Telecomunicaciones y de Turismo.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la referida normativa y en uso de las atribuciones previstas en el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero

Nombramiento

Nombrar Presidenta de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, incluidos los Colegios Arbitrales de Telecomunicaciones y de Turismo, a doña María Teresa Álvarez Moreno.

Segundo

Inicio de efectos

La presente Orden surtirá efectos el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de mayo de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.

(03/11.217/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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