Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220613-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

18
ADENDA de 26 de mayo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Proyecto Persona para el acogimiento residencial de menores de ambos sexos de entre 3 y 18 años con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves hasta que alcancen la mayoría de edad, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la comisión de tutela del menor de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

En Madrid, a 26 de mayo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Jorge Molino Madrigal, actuando en nombre y representación de la Fundación Proyecto Persona, inscrita en el Registro de Fundaciones con número de hoja personal 664, con domicilio en paseo de Eduardo Dato, número 8, 3.o izquierda, 28010 Madrid, en virtud de escritura pública de constitución de la Fundación denominada “Proyecto Persona”, número de protocolo 884, ante el Notario de Madrid, D. Carlos Olona Schüller, el día 15 de septiembre de 2011.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la tercera adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

Que el día 18 de diciembre de 2019, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Proyecto Persona para mantener una línea de colaboración en el acogimiento residencial de menores de ambos sexos de entre 3 y 18 años hasta que alcancen la mayoría de edad, con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la Comisión de Tutela del Menor de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, con vigencia desde el 18 de diciembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020.

Segundo

Que la cláusula decimoctava del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales, así como modificar el convenio de mutuo acuerdo mediante la suscripción de la correspondiente adenda, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, mediante adenda de modificación y prórroga formalizada con fecha 5 de agosto de 2020, el número de plazas convenidas se amplió en una plaza, pasando estas de tres a cuatro, y se prorrogó la vigencia del convenio del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021. Posteriormente, con fecha 21 de julio de 2021 se formalizó la segunda adenda de modificación y prórroga del convenio, mediante la cual se aumentó el número de plazas convenidas en dos, pasando éstas de cuatro a seis, y se prorrogó la vigencia del convenio para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un programa de acogimiento residencial de menores de ambos sexos, de entre 3 y 18 años hasta que alcancen la mayoría de edad, con discapacidad intelectual y sin problemas conductuales graves, con medida de protección (guarda o tutela) asumida por la Comisión de Tutela del Menor de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

Cuarto

Que el servicio prestado por la Fundación Proyecto Persona desde el inicio del convenio ha sido realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas, desarrollándose diversos programas de intervención personalizada y manteniendo la atención proporcionada un elevado nivel de calidad.

Quinto

El inmueble en el que se desarrolla la actividad residencial reúne y supera los requisitos precisos tanto a nivel de infraestructura como de dotaciones, mobiliario y materiales didácticos disponibles, y la Fundación Proyecto Persona se hace cargo de todos los gastos.

El convenio que se prorroga no conlleva coste económico para la Comunidad de Madrid, por lo que no supondrá compromiso presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la tercera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Única

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoctava del convenio suscrito el 18 de diciembre de 2019, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la tercera adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 26 de mayo de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El Representante de la Fundación Proyecto Persona, Jorge Molino Madrigal.

(03/11.039/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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