Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2022

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220614-23

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

23
ADENDA de 17 de mayo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Juntos Caminando por el Mundo, para la implantación del Programa Paliando Soledades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, D. Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, nombrado mediante el Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, y Director General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril; el artículo 1 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, y el artículo 12 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

De conformidad, asimismo, con lo establecido en el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen Jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y en el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria determinadas competencias, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.

Y, de otra parte, D. Félix González Moscatel, en calidad de Presidente de la Asociación Juntos Caminando por el Mundo, según el artículo 14 de sus estatutos, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 615746, con domicilio social en Villa del Prado, calle Burgos, número 131, 28630 Madrid.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, se reconocen capacidad jurídica suficiente para este acto y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

El artículo 2.3 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la orientación del Sistema Sanitario a los ciudadanos, la humanización de la organización sanitaria y la promoción y garantía de la calidad de los servicios.

Segundo

Corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en materia de humanización sanitaria, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Tercero

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en diferentes niveles y a lo largo del proceso asistencial, según lo previsto en el apartado h) del artículo 4 del Decreto 1/2022, de 19 de noviembre.

Asimismo, el apartado g) de dicho artículo se refiere a la promoción, desarrollo y despliegue de los procedimientos que garanticen la comunicación, relación, interlocución y mediación de los ciudadanos en todos los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Cuarto

La Consejería de Sanidad ha apostado por ofrecer a los ciudadanos un sistema sanitario cercano que, sin aminorar su calidad científico-técnica, ponga al paciente como eje del sistema sanitario y dé respuesta a sus necesidades de una manera integral.

Quinto

El artículo 2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, lo define como un ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, adscrito a la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad.

Su finalidad, según se desprende del artículo 4 del mismo decreto, es contribuir a la adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la Administración sanitaria de la Comunidad de Madrid y se le encomienda la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales y el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de los servicios sanitarios.

La disposición adicional tercera del Decreto 2/2022, de 26 de enero, recoge los centros que forman parte del Servicio Madrileño de Salud.

Sexto

La Asociación Juntos Caminando por el Mundo, es una entidad privada, independiente y sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número nacional 615746, que tiene entre sus fines la “promoción y formación del voluntariado social, dentro del ámbito de hospitales, geriátricos, cárceles, establecimientos similares, domicilios o lugares donde sea requerida su presencia”, figurando entre sus actividades el “acompañamiento y apoyo a las personas que lo requieran para hacer más cómoda su estancia en los centros donde se encuentren.

Séptimo

La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Juntos Caminando por el Mundo suscribieron el 19 de noviembre de 2018 un convenio para la implantación del programa “Paliando Soledades” en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud.

Según su cláusula novena el convenio está vigente desde el día de su firma por un período de cuatro años, pudiéndose prorrogar en cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo inicial de vigencia por períodos que en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio.

Octavo

Con el fin de poder continuar la colaboración establecida entre las partes, que contribuye a la consecución de los objetivos de interés general propios de ambas, se considera necesario prorrogar el convenio.

Noveno

Por todo lo anterior, las partes acuerdan prorrogar el convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Juntos Caminando por el Mundo para la implantación del programa Paliando Soledades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud suscrito el 19 de noviembre de 2018, de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA

Única

Prórroga del convenio

Conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 19 de noviembre de 2022 y el 18 de noviembre de 2026, ambas fechas inclusive.

Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.

Y en prueba de conformidad, las partes firman en Madrid el presente documento.

Madrid, a 17 de mayo de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Antonio Zapatero Gaviria.—Por la Asociación Juntos Caminando por el Mundo, el Presidente, Félix González Moscatel.

(03/11.223/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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