Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2022

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220617-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

17
RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos derivados del cupo de discapacidad de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio Madrileño de Salud.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud convocó pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio).

En la base 2.1.h) de la convocatoria se establece como requisito “Quienes concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes”, indicándose en la base 2.2 que “Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada”.

Doña Laura Gema Fernández Álvarez, con NIF ***9331**, presentó solicitud en estas pruebas selectivas por el cupo de discapacidad, obteniendo derecho a plaza por este cupo una vez realizada la fase de oposición y de concurso establecidos en la convocatoria.

Por Resolución de 6 de mayo de 2022, de esta Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, se fijó la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que hubiesen superado las mencionadas pruebas selectivas, publicándose la relación de plazas ofertadas y determinando la entrega de la documentación acreditativa. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de mayo), habilitándose un plazo de diez días hábiles para la elección de plaza y la remisión de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos indicados en la base novena de la convocatoria de este proceso selectivo.

La base novena de la convocatoria en su apartado cuarto establece “Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud dictará Resolución motivada en la que se declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en las pruebas selectivas”.

Comprobada la documentación establecida en la base novena de la convocatoria y en la Resolución de 6 de mayo de 2022, se verifica que doña Laura Gema Fernández Álvarez, con NIF ***9331**, no presenta certificación actualizada del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en virtud de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Primero

Declarar la pérdida de los derechos derivados de su participación en el cupo de discapacidad de doña Laura Gema Fernández Álvarez, con NIF ***9331**, por no presentar certificación actualizada del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, establecido en la convocatoria de estas pruebas selectivas.

Segundo

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 8 de junio de 2022.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.

(03/12.130/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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