Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220621-46

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Coslada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 25 de mayo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar de bases específicas para la selección de una plaza de Oficial 2.a (Electricista), de acuerdo con la oferta de empleo público 2021, quedando redactadas de la siguiente manera:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL/A 2.a (ELECTRICISTA)

1. Naturaleza y características

— Sistema: OEP. Turno libre.

— Denominación: Oficial/a 2.a (Electricista).

— número plazas: una.

— Grupo de titulación: Grupo AP.

— Personal: laboral.

— Procedimiento selectivo: concurso-oposición.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

Los/as aspirantes, además de reunir los requisitos establecidos en las bases generales, deberán:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado de Escolaridad o equivalente.

— Estar en posesión del carné de conducir clase B.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

3. Solicitudes

3.1. Derechos de examen: conforme a lo establecido en las ordenanzas fiscales vigentes, aprobadas por el Ayuntamiento de Coslada, que regulan la tasa por derechos de examen, el importe a pagar es de 11,00 euros.

No estarán sujetos ni obligados al pago de las tarifas las personas expresamente indicadas en las ordenanzas fiscales vigentes.

El abono de los derechos de examen deberá realizarse cumplimentando el modelo de autoliquidación de la tasa de los derechos de examen, que se puede descargar de la página web del Ayuntamiento, mediante el siguiente enlace:

Sede Electrónica-Autoliquidaciones ( ayto-coslada.es )

https://sede.ayto-coslada.es/portal/noEstatica.do?opc_id=89&ent_id=2&idi...

En dicho modelo se deberá indicar lo siguiente: en el apartado “Objeto por el que se autoliquida”: “Tasas exámenes” y en el apartado “Comentario”: “Convocatoria Oficial 2.a (Elec.) (AP)”.

Una vez cumplimentada la autoliquidación podrá efectuar el pago en cualquier sucursal de Caixabank, imprimiendo el impreso generado a través de la web, o puede efectuar su pago a través de Internet, en el siguiente enlace:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es....

Las instrucciones, tanto de la cumplimentación de la autoliquidación como el sistema de pago, constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Contenido de las pruebas selectivas

4.1. Fase de concurso:

4.1.1. Por servicios prestados en la Administración Pública Local, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar: 0,5 puntos por cada 6 meses, hasta un máximo de 5 puntos.

4.1.2. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas no incluidas en el apartado anterior, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar: 0,20 puntos por cada 6 meses, hasta un máximo de 2 puntos.

4.1.3. Por experiencia laboral en la empresa privada relacionada con el puesto y la categoría a ocupar: 0,125 puntos por cada 6 meses, hasta un máximo de 2 puntos.

4.1.4. Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar: 0,020 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 1 punto.

4.1.5. Por estar en posesión de titulación académica en Formación Profesional, de la rama/familia de Electricidad, en cualquiera de sus grados: 2 puntos. Si se presenta más de un título, solo se valorará uno de los presentados.

Se computarán como horas de formación los cursos relativos a prevención de riesgos laborales.

Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 12 puntos.

4.2. Fase de oposición:

4.2.1. Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test basadas en el temario del Anexo.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.2.2. Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en la realización de supuestos prácticos relacionados con las funciones a desarrollar, pudiendo ser por escrito y consistir en varias pruebas o fases, si el tribunal calificador lo estima oportuno en función del número de aspirantes presentados.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.3. Calificación final: será la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso más la puntuación obtenida en la de fase de oposición.

ANEXO

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Contenidos Generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. El Municipio: Órganos de gobierno.

3. REBT. Alcance. Redes de distribución: concepto y tipos. Esquemas de distribución.

4. Instalaciones eléctricas de alumbrado exterior. Instalaciones de puesta a tierra.

5. Instalaciones eléctricas interiores o receptoras: prescripciones generales, sistemas de instalación, protecciones contra sobreintensidades, sobretensiones y protección contra contactos directos e indirectos.

6. Instalaciones interiores en viviendas: número de circuitos y características, prescripciones generales de instalación, locales que contienen una bañera o ducha.

7. Instalaciones en locales de pública concurrencia. Instalaciones eléctricas con fines especiales: piscinas y fuentes, Instalaciones provisionales y temporales de obras, Ferias y stand. Instalaciones eléctricas en caravanas y parque de caravanas.

8. Instalaciones a muy baja tensión. Instalación de sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios. Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas. Verificaciones e inspecciones de las instalaciones eléctricas.

9. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad.

10. Guía técnica para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Segundo.—Publicar dichas bases específicas en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid y dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre.

Coslada, a 30 de mayo de 2022.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, Juventud e Infancia, Macarena Orosa Hidalgo.

(02/11.215/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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