Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220624-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
San Fernando de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Acuerdo de 3 de junio de 2022, de la Junta de Gobierno Local, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para financiar proyectos de Cooperación al Desarrollo, Acción Humanitaria y de Emergencia destinadas a asociaciones, instituciones y organizaciones no gubernamentales, durante el año 2022.

BDNS: 632078

De conformidad con lo previsto en los artículos 13.3.b) y 20.8.a) de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632078

Primero. Beneficiarios.—Las Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales que deseen concurrir a las subvenciones establecidas en los presupuestos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener entre sus fines expresos, según sus estatutos, la realización de actividades de cooperación al desarrollo entendida ésta como un conjunto de actuaciones de carácter internacional orientadas al intercambio de experiencias y recursos entre países del Norte y del Sur para alcanzar metas comunes basadas en criterios de desarrollo humano, sostenibilidad, solidaridad, equidad, eficacia, interés mutuo, democracia participativa, respeto al medio medioambiente, cooperación y corresponsabilidad.

b) Estar constituidas al amparo de lo que dispone el artículo 22 de la Constitución española y demás disposiciones legales.

c) Estar inscritas en el registro de asociaciones y fundaciones, a nivel estatal, autonómico o en el registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de San Fernando de Henares con una antigüedad mínima de dos años en el momento de la publicación de estas bases.

d) Estar inscritas en el registro de ONGD adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID) con una actividad mínima de dos años.

e) Disponer de sede central o delegación permanente en la Comunidad de Madrid. A estos efectos, se entenderá por delegación aquella que cuente con personal permanente de la organización, ya sea contratado o voluntario, y local fijo donde realizar sus actividades.

f) No perseguir fines de lucro, ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

g) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.

h) Disponer de la estructura necesaria y suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos acreditando la capacidad operativa, demostrada mediante la ejecución de al menos 2 proyectos de cooperación internacional al desarrollo, realizados por sí o conjuntamente con otras Organizaciones.

i) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social según lo dispuesto en la legislación vigente. No ser deudor con la Hacienda Municipal. (En el caso de ser adjudicatarios se expedirá certificación de oficio).

j) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

k) En el caso de haber percibido subvenciones en los años anteriores a la presente convocatoria, debe de haber justificado las ayudas económicas recibidas. En el caso de no haberse concluido los plazos de ejecución del proyecto deberá aportar un informe detallado del estado de desarrollo del mismo con desglose de gastos y partidas correspondientes.

l) informe detallado del estado de desarrollo del mismo con desglose de gastos y partidas correspondientes.

Segundo. Objeto.—Mediante este documento, el Ayuntamiento de San Fernando de Henares convoca ayudas para subvencionar Proyectos de Cooperación al Desarrollo, Proyectos de Acción Humanitaria y de Emergencia Social en régimen de concurrencia competitiva, que realicen las Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones no Gubernamentales.

Tercero. Bases reguladoras.—Aprobadas en Junta de Gobierno Local el 3 de junio de 2022, se pueden encontrar publicadas en la página web

https://www.ayto-sanfernando.com/subvenciones-concejalia-de-cooperacion-...

Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria está dotada con un presupuesto total de 80.000 euros a cargo de la partida presupuestaria 2022 2310 48900, de los cuales 65.000 euros están destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y 15.000 euros a acciones Humanitarias y de Emergencia Social.

Los proyectos de Cooperación al Desarrollo recibirán subvención según la puntuación obtenida en la valoración del proyecto realizada por técnicos municipales hasta un máximo de 13.000 euros siempre que no superen el 80 por 100 del valor total del proyecto, se repartirá el monto total (65.000 euros) por orden de la puntuación obtenida y hasta donde llegue el dinero destinado para este fin.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las entidades interesadas tendrán hasta 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar toda la documentación requerida en las bases reguladoras. Se presentarán en Registro Municipal hasta las 13:00 horas del último día.

San Fernando de Henares, a 7 de junio de 2022.—La concejala de Servicios Sociales, Mayores, Educación y Cooperación al Desarrollo, María Guadalupe Piñas García.

(03/12.719/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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