Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2022

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220628-18

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

18
CONVENIO de colaboración de 9 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y el Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la Cooperación Bibliotecaria (Consorcio Madroño), para mejorar la prestación del servicio público bibliotecario a la comunidad científica universitaria y acercar la ciencia a la sociedad mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, como Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, en nombre de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento como Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por Decreto 44/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio), el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, la Sra. Dña. Rosa María Martín Aranda, Vicerrectora de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), como Presidenta del Consorcio Madroño en el año 2022, en nombre y representación del Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria (en lo sucesivo Consorcio Madroño), tal y como establece la decisión del Consejo de Gobierno del día 21 diciembre de 2021, en relación con los artículos 8 y 15 de los Estatutos, y en virtud de las atribuciones conferidas al Presidente, según la Resolución de 26 de octubre de 1999, por la que se hace público el Protocolo del convenio de creación del “Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria”, en el documento de Constitución de dicho Consorcio y los Estatutos aprobados en fecha 14 de diciembre de 2016 que lo regulan.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio y de común acuerdo,

EXPONEN

Que el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece que “La Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente Estatuto, tiene competencia exclusiva en (…) Fomento de la cultura y la investigación científica y técnica”.

Que el artículo 2 de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, establece entre sus fines promover la cultura científica entre los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad de Madrid, estimulando la difusión de la ciencia y tecnología a través de los instrumentos que se definen en el artículo 17 de esta misma Ley y atribuye, asimismo, a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, en su artículo 6, entre otras competencias, la puesta en marcha de medidas de estímulo y divulgación científicas.

Que en los diferentes Planes Regionales de Investigación Científica e Innovación Tecnológica (PRICIT) de la Comunidad de Madrid, el Consorcio Madroño se encuentra como uno de los objetivos prioritarios en el plan de Actuaciones. En el recientemente aprobado VI PRICIT (2022-2025), en su programa 5.5 Difusión y participación activa, entre las actuaciones a desarrollar se encuentra el apoyo al Consorcio Madroño para la cooperación bibliotecaria, cuyo objetivo fundamental es incrementar la producción científica de las universidades madrileñas, mejorar la calidad de los servicios bibliotecarios y promover planes de cooperación entre sus miembros mediante convenios específicos anuales para incrementar la publicación en abierto y el desarrollo de repositorios propios o compartidos con la investigación generada.

Que el artículo 23 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, atribuye a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica el ejercicio de las funciones relativas al fomento y coordinación de las actividades de investigación científica y de Innovación tecnológica en el marco de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en el capítulo II del título III, promueve: la transferencia y difusión de los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación y cultura científica, tecnológica e innovadora, indicando en su artículo 37, por una parte, que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación impulsarán el desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de su personal de investigación, y establecerán sistemas que permitan conectarlos con iniciativas similares de ámbito nacional e internacional, y, por otra, la obligatoriedad de la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada por fondos públicos a través de los repositorios institucionales. Este objetivo se mantiene en la actualidad en la Estrategia Española de Ciencia Tecnología e Innovación 2021-2027.

Que la Comunidad de Madrid ha recogido en las bases reguladoras y convocatorias de ayudas a programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid el requisito de publicar y facilitar el acceso abierto a los resultados de su investigación en el repositorio institucional disponible a tal efecto, lo que requiere la disponibilidad y mantenimiento de los repositorios de investigación de las Universidades y organismos públicos de investigación en la Comunidad de Madrid.

Este requisito se mantiene desde 2009 en las convocatorias de la Dirección General competente en materia de investigación e innovación.

Que el Consorcio Madroño ejecuta y promueve actividades de investigación y difusión científica y colabora con otras administraciones, empresas y entidades sin ánimo de lucro en el proceso de difundir entre los madrileños el patrimonio cultural científico, y que presta a las universidades públicas y centros de investigación de la Comunidad de Madrid diversos servicios relativos a la difusión de la información científica y la puesta a disposición de su comunidad de investigadores del necesario acceso a bases de datos, revistas científicas y otras fuentes electrónicas de información. En este sentido, el Consorcio Madroño es el único organismo en la Comunidad de Madrid que presta servicios integrados de desarrollo de herramientas para el acceso abierto, negociación, puesta a disposición y gestión de recursos electrónicos, servicios de préstamo interbibliotecario y formación y difusión de mejores prácticas bibliotecarias.

En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto y fin

El objeto del presente convenio es el de establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y el Consorcio Madroño para la cooperación bibliotecaria, como soporte de la actividad en innovación e investigación de las instituciones que lo componen.

El fin que se persigue es una difusión y uso eficiente de la producción científica y acercar la ciencia a los ciudadanos interesados e investigadores de la Comunidad de Madrid, mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica a través del servicio público bibliotecario.

Segunda

Contenido y objetivos

Para el cumplimiento del presente convenio, se especifican los siguientes contenidos:

1. Recursos electrónicos:

Los recursos electrónicos son bases de datos, sumarios electrónicos, libros y revistas electrónicas de carácter multidisciplinar. Dichos recursos electrónicos proporcionan el acceso a la información científica y técnica al colectivo investigador adscrito a sus universidades públicas (e instituciones asociadas), complementando la información científica disponible para los profesores, investigadores y estudiantes de las Universidades que conforman el Consorcio Madroño.

Para ello, entre otras acciones, se gestiona el mantenimiento y adquisición de licencias de recursos electrónicos de carácter multidisciplinar como base fundamental de la información de carácter documental y bibliográfica disponible para los profesores, investigadores y alumnos de las Universidades que conforman el Consorcio Madroño, asegurando el mantenimiento de una colección pertinente y adecuada y ofrecer una continuidad en la información científica actualizada.

Para rentabilizar las inversiones, las suscripciones de los recursos electrónicos compartidos tanto nacionales como internacionales se realiza de manera consorciada.

2. Repositorios e-ciencia y e-cienciaDatos:

InvestigaM es el portal de ciencia abierta del Consorcio Madroño, que tiene por finalidad la difusión de los resultados de la actividad investigadora que se lleva a cabo en sus instituciones miembro y asociadas. Se inscribe en el compromiso del Consorcio Madroño y sus universidades miembros con el Acceso Abierto y la Ciencia Abierta (OpenScience). En él se incluyen:

— e-ciencia, un proyecto enmarcado en el convenio de Cooperación interbibliotecaria entre la Comunidad de Madrid y el Consorcio Madroño, para crear una plataforma digital de acceso libre y abierto a la producción científica en la Comunidad de Madrid ((http://mcyt.educa.madrid.org/madrid-cienciatecnologia/e-ciencia) donde se han incorporado los repositorios institucionales en cada una de las universidades que integran el Consorcio Madroño en los que se siguen incorporando documentos digitales producidos en cada una de ellas, y que libremente son depositados por los investigadores.

— Además de los repositorios institucionales se ha creado el repositorio no institucional emi+d, que es un repositorio gestionado conjuntamente por la Consejería con competencias en investigación de la Comunidad de Madrid y el Consorcio Madroño, con el fin de ayudar a cumplir a las instituciones que no tienen repositorio institucional con el mandato de la Comunidad de Madrid, que establece que los investigadores beneficiarios de programas de investigación pública deberán facilitar el acceso abierto a los resultados de su investigación.

— Asimismo, y de manera complementaria, se continua ampliando e-cienciaDatos, otro repositorio de datos multidisciplinar que alberga los conjuntos de datos científicos de los investigadores de las universidades miembros del Consorcio Madroño, con el fin de dar visibilidad a dichos datos, garantizar su preservación y facilitar su acceso y reutilización así como de cumplir los requerimientos de acceso abierto a los datos de investigación que promueven o exigen los agentes de financiación de la investigación (programa de la Unión Europea Horizonte 2020 y Horizonte Europa 2021-2027).

— Como complemento a e-ciencia, en los últimos años se ha creado el buscador de Tesis de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid y la UNED, que usa la misma base de datos que el buscador principal pero ofreciendo características más adecuadas para la búsqueda.

— También se ha incorporado el repositorio SCOAP3 ( Sponsoring Consortium for Open Access Publishing in Particle Physics) destinado a facilitar el acceso abierto a un conjunto de publicaciones internacionales (artículos y libros) dentro del campo de la física de altas energías sin costes para los usuarios.

Los objetivos que se persiguen son:

— Mejorar los servicios bibliotecarios y el acceso a las colecciones bibliográficas y recursos electrónicos para facilitar el acceso de la comunidad universitaria e investigadora de la Comunidad de Madrid.

— Dar soporte a las iniciativas de comunicación científica en acceso abierto a los investigadores interesados, a través de una red de archivos digitales, mediante una búsqueda centralizada.

— Ofrecer un espacio de acceso abierto a las publicaciones científicas generadas por la comunidad científica de la Comunidad de Madrid.

— Incrementar la visibilidad, difusión e impacto de la literatura científica en la Comunidad de Madrid.

— Crear un espacio de difusión, promoción y apoyo al movimiento por el acceso libre a la información científica.

— Ofrecer asesoramiento y guía en las cuestiones relacionadas con la comunicación científica en acceso abierto.

— Investigar, analizar y evaluar el impacto de los cambios en las formas de publicación científica.

Tercera

Actividades a realizar durante el desarrollo del convenio

El Consorcio Madroño, con la colaboración y soporte de la Comunidad de Madrid, realizará las siguientes actividades:

1. Tareas previstas para la cartera de recursos electrónicos:

a) El Consorcio Madroño, en colaboración con sus universidades integrantes, realizará un estudio para definir los recursos electrónicos de investigación necesarios en el ejercicio correspondiente con el fin de favorecer la composición de la cartera óptima actualizada en base a la financiación esperada.

b) Elaborará un informe ex-post analizando el uso real y coste de la cartera de recursos electrónicos, que ayude a tomar decisiones para poder establecer la cartera óptima de recursos electrónicos.

c) En base a lo anterior, el Consorcio Madroño contratará las licencias correspondientes para poner los recursos electrónicos a disposición de sus miembros. Asimismo, negociará con los proveedores las mejores condiciones posibles de precio y disponibilidad, a partir de las economías de escala derivadas del presupuesto conjunto de sus miembros, y de la dedicación de una oficina técnica especializada para dicho fin.

d) El Consorcio Madroño realizará el correspondiente mantenimiento operativo de la cartera de recursos electrónicos para asegurar las mejores condiciones de acceso y disponibilidad identificando, resolviendo y documentando las incidencias que surjan a lo largo del período abarcado por las licencias vigentes.

2. Tareas previstas para el proyecto e-ciencia y e-cienciaDatos:

a) El Consorcio Madroño prestará los servicios de diseño, desarrollo y difusión del proyecto e-ciencia y el repositorio e-cienciaDatos poniéndolos a disposición de la comunidad de investigadores de sus universidades miembro, y del resto de la sociedad científica de Madrid. También del repositorio independiente emi+d, (incluido en e-ciencia) y que está a disposición de la comunidad científica que no dispone de repositorios institucionales.

b) Asimismo, colaborará con las citadas instituciones para difundir el portal de ciencia abierta InvestigaM y favorecer la ampliación del número de contenidos científicos que se depositan en acceso abierto, además de mejorar la calidad y compatibilidad de los metadatos, desarrollando la compatibilidad con estándares internacionales.

c) Prestará un servicio de desarrollo necesario para mejorar la integración del proyecto e-cienciaDatos actualmente incorporado en las redes europeas de archivos abiertos más destacadas como COAR (Confederation of Open Access Repositories) y OpenAIRE (Open Access Infrastructure for Research in Europe).

d) Colaborará con la Comunidad de Madrid, las universidades públicas de la región de Madrid y Organismos públicos de investigación (OPIS) en aquellos aspectos de asesoramiento o difusión relativos al acceso abierto, la difusión de la información científica o el desarrollo de infraestructuras de información acerca de los cuales será específicamente requerido.

Cuarta

Compromisos a realizar durante el desarrollo del convenio

Los compromisos del Consorcio Madroño vinculados con el desarrollo del objeto del convenio quedan determinados a continuación:

— Facilitar el acceso a la información científica y técnica al colectivo universitario e investigador de la Comunidad de Madrid. Para ello el Consorcio Madroño presta a los interesados servicios de identificación, negociación, mantenimiento, análisis de uso y gestión de bases de datos, revistas electrónicas y otros recursos electrónicos de información científica que constituyen la fuente fundamental para el desarrollo de la actividad de sus investigadores. De este modo, se contribuye a la obtención de una colección eficiente (en coste y amplitud), pertinente y adecuada a sus necesidades.

— Ofrecer una plataforma digital de acceso, en una concepción de Proyecto “acceso abierto”, a la producción científica de las universidades miembro del Consorcio Madroño, los organismos públicos de investigación y cualquier otra institución interesada.

— El Consorcio Madroño colaborará con las instituciones que la integran en la organización y difusión de jornadas seminarios, conferencias y otros eventos relacionados con el acceso abierto, las mejores prácticas bibliotecarias, los recursos electrónicos u otros aspectos de interés para los investigadores de la Comunidad de Madrid.

— El Consorcio Madroño es una institución cofinanciadora del objeto del convenio y ejecutora del proyecto e-ciencia y e-cienciaDatos.

— La Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica será invitada por el Consorcio Madroño a aquellos Consejos de Gobierno y Comisiones Técnicas previstas en sus Estatutos, en las que se trate de forma específica la difusión de los resultados de la actividad investigadora que se lleva a cabo en la región y los recursos electrónicos suscritos de forma consorciada objeto de este convenio, o aquellos proyectos conjuntos que se puedan realizar en un futuro dentro del mismo u otros convenios.

Los compromisos de la Comunidad de Madrid serán:

— La Comunidad de Madrid participa en el desarrollo del convenio mediante el impulso y coordinación del Proyecto “acceso abierto”. Asimismo, integra y da visibilidad a los portales e-ciencia, e-cienciaDatos y emi+d a través del mantenimiento del portal http://mcyt.educa.madrid.org/madrid-cienciatecnologia/e-ciencia, plataforma que vertebra al sistema regional de I+D madrileño.

— Otro compromiso de la Comunidad de Madrid es contribuir a la contratación de las licencias correspondientes a los recursos electrónicos por parte del Consorcio, comprometiéndose a aportar las cantidades especificadas en la cláusula quinta y cofinanciar la contratación de personal técnico para las labores de mantenimiento de los portales.

Quinta

Financiación

El importe total del convenio asciende a 500.000 euros.

La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid aportará a la financiación del convenio la cantidad de 200.000 euros (doscientos mil euros), que será abonada con cargo al subconcepto 22802 del programa 466A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2022.

El Consorcio Madroño aportará 300.000 euros para la financiación del convenio.

Las cantidades aportadas por ambas partes responderán a:

— Gastos de personal técnico en tareas de portal de acceso abierto: 30.000 euros.

— Gastos de difusión, promoción y ejecución del portal de acceso abierto: 20.000 euros.

— Acceso a la cartera de recursos electrónicos: 450.000 euros.

Este desglose económico podrá sufrir modificaciones de las cantidades definidas entre los conceptos de gasto, sin variar el importe total, siempre y cuando no afecte al objeto del convenio y previa autorización del titular de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

La Comunidad de Madrid no asumirá ninguna obligación económica adicional a la prevista en este convenio.

En ningún caso la participación de las personas que colaboren en la ejecución y desarrollo de este convenio implicará relación laboral, ni prestación de servicios a la Comunidad de Madrid.

Sexta

Libramiento de los fondos

El libramiento de fondos se realizará en dos plazos (en julio y en diciembre), previa autorización por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, una vez presentadas las justificaciones de los pagos realizados y la memoria de actividades por el Consorcio Madroño.

La justificación final de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, así como el coste económico de las mismas, se realizará mediante presentación, antes del 5 de diciembre de 2022, de una memoria general de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, un certificado de los gastos habidos pendientes de justificar acompañado de las facturas correspondientes, u otra documentación justificativa de dichos gastos y de los pagos correspondientes realizados.

El Consorcio Madroño deberá conservar los originales de los pagos y demás documentos justificativos teniéndolos a disposición de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de Cuentas o cualquier otro órgano competente.

Séptima

Seguimiento del convenio

Para el seguimiento del presente convenio se constituye una Comisión que estará compuesta por la persona titular del Área de Cooperación Tecnológica de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica y el Director Técnico del Consorcio Madroño, en representación de ambas partes del convenio.

La Comisión estará presidida por el titular del Área de Cooperación Tecnológica, a quien corresponde la convocatoria de las reuniones de seguimiento, que se celebrarán en julio y diciembre.

Son funciones a desarrollar en la Comisión, entre otras, la comprobación del grado de ejecución de los objetivos establecidos en el presente convenio. Para tal fin, el Presidente podrá requerir al Consorcio la documentación precisa.

Además, un representante del Área de Cooperación Tecnológica asistirá mensualmente a las reuniones de la Comisión Técnica del Consorcio Madroño formada por los Directores de las Bibliotecas de las Universidades que componen el Consorcio Madroño en las que, paralelamente, se realiza un seguimiento de los objetivos del convenio.

Octava

Vigencia del convenio

El presente convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de firma electrónica del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, puesto que representa a la Comunidad de Madrid, que es la parte proponente del convenio que se suscribe, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Antes de finalización del plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Novena

Régimen jurídico y resolución de controversias

Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como las normas generales del derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la interpretación y ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Décima

Protección de datos

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Undécima

Modificación y resolución del convenio

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se modificará por acuerdo unánime de los firmantes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto. Dicho acuerdo de modificación deberá ser firmado por los firmantes del convenio o por los representantes legales de cada una de las partes.

El presente convenio se extinguirá, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el cumplimiento de su período de vigencia o por incurrir en alguna de las siguientes causas:

1. Por acuerdo mutuo de los firmantes del convenio.

2. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización o continuación de las actuaciones.

3. Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de quince días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos.

Este requerimiento será comunicado a todos los miembros de las comisiones previstas en la cláusula séptima.

4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución del convenio, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y para que así conste, las partes firman el presente acuerdo.

Madrid, a 9 de junio de 2022.—El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, Enrique Ossorio Crespo.—La Presidenta del Consorcio Madroño, Rosa María Martín Aranda.

(03/12.301/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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