Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2022

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220630-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

99
Madrid número 17. Ejecución 108/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE MOREIRAS CHAVES Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 108/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIN IARNA frente a JOMAPE LUCERNA SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 15 de junio de 2022

AUTO NÚM. 153/2022

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. MARIN IARNA con la entidad JOMAPE LUCERNA S.L. condenando a este último al abono a la actora de la cantidad de 8.887,69 euros en concepto de indemnización, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (3-11-2021) hasta la fecha de la presente resolución a razón de euros/día, deduciendo los salarios que haya podido percibir por empleos posteriores al despido o por prestaciones por desempleo.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2515-0000-64-0108-22 y para pagos en ventanilla 2515-0000-64-0108-22.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. ISABEL SANCHEZ PEÑA. EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a JOMAPE LUCERNA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de junio de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.010/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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