Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2022

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220702-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

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Madrid número 28. Procedimiento 928/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 928/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MARIO ROJAS DE LA FUENTE frente a CONFORSAT SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo haber lugar a la aclaración de la sentencia de 21 de febrero de 2022, solicitada por D. MARIO ROJAS DE LA FUENTE y, en consecuencia, el fallo debe decir:

FALLO

Estimo la demanda de despido promovida por D. MARIO ROJAS DE LA FUENTE contra CONFORSAT S.L., articulado sobre dicho trabajador con fecha de efectos de 09.08.21, así como la extinción de la relación laboral que les unía, con efectos desde la fecha de efectos del despido, condenando a la empresa al abono de una indemnización de 52.670,66 euros.

Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D. MARIO ROJAS DE LA FUENTE contra CONFORSAT S.L. condeno a la demandada a que abone la actora la cantidad de 8.133,17 €, más un 10% en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 12 de agosto, hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder interponerse recurso de suplicación frente a la sentencia así rectificada y subsanada en el indicado plazo de cinco días.

La Juez

Así lo acuerda, manda y firma

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONFORSAT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de junio de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.409/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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