Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2022

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220704-88

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

URBANISMO

88
Leganés. Urbanismo. Constitución entidad colaboradora conservación

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2022, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar definitivamente la constitución de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial PP-3 “Puerta de Carabanchel”, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, cuyos estatutos se estiman aprobados definitivamente al no haberse formulado alegación alguna en relación con el presente expediente.

Segundo.—Designar al concejal-delegado de Obras e Infraestructuras como representante municipal en el órgano rector de la Entidad Urbanística de Conservación.

Tercero.—Proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del Plan Parcial PP-3 “Puerta de Carabanchel” del PGOU de Leganés, haciéndoles saber que, según lo previsto en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid y el artículo 25.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, la pertenencia a la entidad colaboradora de conservación será obligatoria para todos los propietarios comprendidos en dicho ámbito territorial.

Cuarto.—Requerir a los propietarios interesados para que procedan a la formalización de la constitución de la Entidad de Conservación y designen los cargos del órgano rector, según lo previsto en sus propios Estatutos, copia de la cual, en duplicado ejemplar, deberá presentarse ante el Ayuntamiento de Leganés para su posterior remisión, junto a la restante documentación preceptiva, al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, al objeto de la inscripción de la nueva entidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 137.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y en el artículo 27.2 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Quinto.—Publicar el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Leganés y página web municipal.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dicta el acuerdo, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, contados en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del anuncio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística vigente.

Leganés, a 9 de junio de 2022.—La concejala-delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos (Decreto de Alcaldía número 8.111, de 9 de septiembre de 2021), Laura Oliva García.

(02/12.817/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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