Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220711-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Obras y Equipamientos

55
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Urbanización del Este-El Cañaveral

Expediente 714/2002/6748.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 23 de junio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente el proyecto modificado de urbanización del UZP 02.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, Distrito de Vicálvaro, conforme al informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 15 de junio de 2022.

Segundo.—Establecer la ejecución de las obras de urbanización en dos etapas, con un presupuesto de ejecución por contrata (IVA del 21 por 100 incluido) de 299.476.492,86 euros para la etapa 1 y de 29.642.640,33 euros para la etapa 2.

El presupuesto de ejecución por contrata (IVA del 21 por 100 incluido) de las obras de la etapa 1, ejecutadas y recibidas, asciende a la cantidad de 294.765.747,90 euros.

El presupuesto de ejecución por contrata (IVA del 21 por 100 incluido) de las obras de la etapa 1, pendientes de ejecutar, asciende a la cantidad de 4.710.744,96 euros.

Tercero.—El plazo de las obras de la etapa 1 pendientes de ejecución se fija en doce meses desde la firma del acta de comprobación de replanteo y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid.

El plazo de ejecución de las obras de la etapa 2 se fija en veinticuatro meses desde la firma del acta de comprobación de replanteo y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid».

Lo que se publica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 29 de junio de 2022.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/13.653/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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