Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220711-86

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

86
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de las bases que regularán la concesión de cheque social para la protección de personas y/o familias que han visto mermados sus ingresos económicos tras la crisis económica, aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local 26/576, de 5 de julio de 2022.

BDNS 637869

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar las personas físicas empadronadas en el municipio de Móstoles, en los términos y con los criterios objetivos y de ponderación establecidos, en general, en las bases que rigen la convocatoria, y en especial cumpliendo las circunstancias referidas en la estipulación 3.a y 4.a de las bases. Los solicitantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación requerida en las bases.

Segundo. Objeto.—La concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva a través de un cheque social, en forma de tarjeta monedero, que será consumido por los beneficiarios de las ayudas en los comercios de Móstoles, y todo ello para la protección de las personas trabajadoras que han visto mermados sus ingresos económicos y, por tanto, su poder adquisitivo y su capacidad para hacer frente a sus gastos y obligaciones económicas como consecuencia de la crisis económica.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se ha remitido a la Base Nacional de Subvenciones para la publicación y conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la LGS. Una vez realizado lo anterior, se publican también en la página web del Ayuntamiento de Móstoles, así como en el portal de transparencia ( https://www.mostolesdesarrollo.es/portal-transparencia.php ), en el apartado denominado “Convocatorias y bases”, y dentro de este en el apartado designado como “Cheque/bono social: Canal de Información al ciudadano”.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 900.000,00 euros, que se distribuirán entre los beneficiarios a través de tarjetas monedero en función de los criterios establecidos en las bases (véase estipulación 6.a), con un importe mínimo de 400,00 euros y hasta un importe máximo de 1.000,00 euros.

El importe total referido se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Móstoles para el ejercicio 2022: 15/2411/48905.

Quinto. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución.—En virtud de Acuerdo de Junta de Gobierno Local 14/480, de 14 de junio de 2022, la gestión e instrucción del procedimiento ha sido encomendada al medio técnico del Ayuntamiento, Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A.; no obstante, la resolución y concesión definitiva de las ayudas corresponderá a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Sexto. Compatibilidad con otras ayudas.—Estas ayudas serán compatibles con otras que se puedan otorgar con la misma finalidad por la administración estatal y/o autonómica.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.—Podrán presentarse solicitudes a partir del día de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 23 de septiembre de 2022 inclusive.

Octavo. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva. La presente convocatoria se enmarca en las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Móstoles, aprobadas en las bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Móstoles 2022, por lo que las ayudas se regirán con carácter principal por lo contenido en dichas bases y convocatoria, y en lo no previsto resultará plenamente de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y demás normas de derecho público y/o privado que puedan resultar de aplicación con carácter supletorio.

Móstoles, a 7 de julio de 2022.—La concejala-delegada de Empleo y Nuevas Tecnologías, Rebeca Prieto Moro.

(03/14.399/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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