Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2022

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220714-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la exención de la obligación de mantener puestos propios reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Mancomunidad de Servicios Río Cofio.

Vista la petición formulada por la Mancomunidad de Servicios Río Cofio, remitió mediante escrito de fecha 18 de abril de 2022 el expediente para la exención del mantenimiento de puestos propios reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, por carecer las funciones reservadas de entidad suficiente que justifique el sostenimiento de un puesto propio reservado a habilitado nacional.

Visto que la citada Mancomunidad fundamenta su petición en base al artículo 10 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se refiere al escaso volumen de servicios y recursos insuficientes para el mantenimiento de puestos propios reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Visto que, asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el propio artículo 10 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se acordó que las funciones reservadas sean desempeñadas por funcionario o funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de alguno de los municipios que lo integran.

Teniendo en cuenta las razones objetivas y documentación que aporta dicha Mancomunidad en el expediente.

Visto el Informe-Propuesta del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha exención.

Considerando que, corresponde a la Dirección General de Administración Local la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización.

HE RESUELTO

1. Eximir a la Mancomunidad de Servicios Río Cofio de la obligación de mantener puestos propios reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, por ser su volumen de servicios y recursos insuficiente para ello.

2. Dar conformidad con lo previsto en el artículo 10.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el sistema elegido para el ejercicio de las funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Mancomunidad de Servicio Río Cofio, se ejerzan por funcionario/os de Administración local con habilitación de carácter nacional de alguno de los municipios que lo integran.

3. Notificar la presenta Resolución a la Mancomunidad de Servicios Río Cofio y al Ministerio de Hacienda y Función pública.

4. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para conocimiento del público en general.

5. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 5 de julio de 2022.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.

(03/14.202/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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