Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220718-103

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Precios públicos

Con fecha de 26 de mayo de 2022 la Junta de Gobierno Local ha adoptado acuerdo de establecimiento de precios públicos por la prestación de servicios y actividades de la Concejalía de Juventud, lo que se publica de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, quedando dicha regulación conforme sigue:

PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE LA CONCEJALÍA DE JUVENTUD

Artículo 1. Fundamentación legal.—De conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establecen precios públicos por la prestación de servicios y actividades de la Concejalía de la Juventud, que se regirán por el presente acuerdo y por lo dispuesto en la citada ley.

Art. 2. Obligados al pago.—Están obligados al pago del Precio Público regulado en este acuerdo las personas que se beneficien de los servicios y/o actividades realizadas por la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

En el caso de que los beneficiarios sean menores de edad, se considerarán sujetos obligados al pago a los padres y/o tutores de los citados menores.

Art. 3. Cuantía.—La cuantía del Precio Público regulada en el presente acuerdo, será la fijada en las tarifas contenidas a continuación para cada uno de los diferentes servicios o actividades:

3.1. Campamento de Verano: 405 euros.

3.2. Club de Verano:

3.3. Curso de Monitores/as de Tiempo Libre: 260 euros.

Art. 4. Cobro.—1. La obligación del pago de los precios públicos regulados en el presente acuerdo nace desde que se inicie la prestación de los servicios y/o actividades especificadas en el artículo anterior. El ayuntamiento se reserva el derecho a solicitar el depósito previo del importe total o parcial de las distintas actividades.

2. Bonificaciones: a los precios indicados les resultarán de aplicación las bonificaciones de carácter general aprobadas por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial recogidas en la ordenanza general fiscal de Gestión, Recaudación e Inspección, o en otra normativa específica (por ejemplo, por razón de familia numerosa, mayores de 65 años o supuestos de discapacidad).

3. Devoluciones: solo se admitirán como causas de devolución las previstas en la normativa vigente y las recogidas en la específica convocatoria de cada actividad o servicio.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor: Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

El establecimiento de los precios públicos fue aprobado en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2022, dejando sin efecto la ordenanza reguladora de precios públicos por la prestación de servicios y actividades de la Concejalía de Juventud, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento celebrada el 4 de mayo de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 21 de mayo de 2010), así como cualquier otra disposición que regulara la materia objeto del presente expediente y que resulte contraria al mismo.

En San Lorenzo de El Escorial, a 14 de junio de 2022.—El concejal-delegado de Juventud, Juan Escario Gómez.

(02/12.722/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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