Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220719-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 1 de julio de 2022, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan subvenciones para la segunda convocatoria de la edición 2021 de ayudas económicas a entidades deportivas dirigidas la promoción del deporte en Alcalá de Henares.

BDNS: 638613

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):

Primero. Beneficiarios.—Entidades deportivas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier club deportivo, agrupación deportiva asociada para la práctica de actividades físico-deportivas o sección de acción deportiva que desarrolle actividades deportivas y tenga domicilio social en la ciudad de Alcalá de Henares y que no hubiera obtenido ayuda económica en la primera convocatoria de estas subvenciones por el mismo objeto.

b) Los solicitantes deberán estar inscritos en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

c) No estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) No tener deudas pendientes con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.

f) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

g) Estar dado de alta en la Agencia Tributaria y tener el correspondiente NIF durante el período subvencionable.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas a clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva de Alcalá de Henares para el desarrollo de su actividad deportiva durante la temporada deportiva 2020/2021 (desde el 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021) que, cumpliendo los requisitos establecidos en las Bases, no hubieran recibido ayuda económica en la primera convocatoria por el mismo objeto.

Estas ayudas pretenden impulsar el desarrollo de actividades deportivas, la actividad física y el deporte, que sirven de manera fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y al aumento de los índices de bienestar general de la población. Por ello, las actividades deportivas se consideran actividades de utilidad pública.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de junio de 2022, publicadas en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares http://www.ayto-alcaladehenares.es en el Área de Deportes y Ciudad Deportiva.

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 3.000 euros.

El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más de mil cuatrocientos euros de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva.

El importe total de la ayuda concedida, no podrá superar en ningún caso, el 65 por 100 del coste total de la actividad subvencionada o de los gastos totales subvencionados.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles, comprendiendo desde el día siguiente a la publicación de las Bases Reguladoras en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ambos incluidos.

Las solicitudes se podrán presentar con el modelo de solicitud y anexos incorporados a las bases, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, hasta las 23:59 horas del día de finalización del plazo, en el ámbito Deportes, solicitud de ayudas de subvenciones actividades deportivas.

Sexto. Otros datos.—Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones recibidas de otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto. En ningún caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones), superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso, la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.

Serán gastos subvencionables, los asumidos y realizados entre los días 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive, especificados en el apartado 10 de las Bases Reguladoras.

Las solicitudes se podrán presentar, con el modelo de solicitud y anexos incorporados a las bases, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, hasta las 23:59 horas del día de finalización del plazo. En la Instancia Genérica de la solicitud se deberá hacer referencia expresa al expediente administrativo correspondiente a estas ayudas (expediente: TAO 17054/2022).

La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en el apartado 11 de las Bases Reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.

Alcalá de Henares, a 11 de julio de 2022.—El concejal-delegado de Deportes, Julián Cubilla Bolívar.

(03/14.625/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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