Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220719-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Aranjuez. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 25 de junio de 2019, esta Alcaldía-Presidencia dictó Resolución número 18.008, en virtud de la cual se delegan, de forma genérica, una serie de competencias en la concejal-delegada doña Belén Barcala del Pozo.

Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Considerando lo dispuesto por el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico: “Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente”.

Atendiendo a circunstancias de índole personal, resulta conveniente avocar el ejercicio de todas las competencias en los procedimientos relativos a las materias de hacienda, personal, patrimonio municipal y régimen interior por razones de agilidad administrativa, eficacia y eficiencia.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Avocar todas las competencias asumidas por la concejal-delegada General de Hacienda, Personal, Patrimonio y Régimen interior en virtud de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía de delegación de competencias de 25 de junio de 2019.

Segundo.—Asumir la competencia para conocer de todos los procedimientos relativos a las materias de hacienda, personal, patrimonio municipal y régimen interior por esta Alcaldía-Presidencia, desde el día de la fecha.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—Notificar la presente Resolución a doña Belén Barcala del Pozo y demás interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Aranjuez, a 5 de julio de 2022.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(03/14.294/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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