Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220721-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169,1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177,2 del mismo texto, el artículo 20.1 y el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta entidad local, se halla expuesto al público el expediente de modificación de créditos número 4, dentro del vigente presupuesto, por importe de 10.000,00 euros, que afecta al vigente presupuesto, que fue aprobada inicialmente por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 7 de julio de 2022, financiado con el Remanente líquido de Tesorería disponible procedente de la liquidación del presupuesto de esta entidad.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido citado a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de éste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

En Cabanillas de la Sierra, a 8 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, Jaime García San Martín.

(03/14.473/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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