Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
22-07-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220722-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 72

118
Madrid número 72. Procedimiento 297/2018

EDICTO

Doña Reyes Gregorio López Jabalera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 297/2018, instados por la procuradora doña María del Mar Pinto Ruiz, en nombre y representación de Ibercaja Banco, S. A. U., contra Cruzando el Charco, S. L., en los que se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2019 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 107/2019

Madrid, a 7 de mayo de 2019.—Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial, los autos de juicio ordinario número 297/2018, promovido a instancias de Ibercaja Banco, S. A., representado por la procuradora doña María del Mar Pinto Ruiz y defendido por el letrado don Blas Camacho González, contra la sociedad Cruzando el Charco, S. L., en situación de rebeldía procesal, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

[…]

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora señora Pinto Ruiz, en nombre y representación de Ibercaja Banco, S. A., contra Cruzando el Charco, S. L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 10.341,47 euros, más intereses legales desde el cierre de la cuenta hasta el día de hoy, e intereses del artículo 576 de la LEC desde el día de hoy hasta su completo pago; todo ello con expresa imposición de costas procesales a la demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, computados desde su notificación, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Cruzando el Charco, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 8 de noviembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.469/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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