Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2022

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220725-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ADENDA de 30 de junio de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Titulcia, para el comodato de bienes muebles del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid asignados al Museo Arqueológico Regional en las dependencias de dicho Ayuntamiento.

REUNIDOS

De una parte, D.a Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 51/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2021). Corresponde la firma al titular de la Consejería competente por razón de la materia, en este caso, a la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, según Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

De otra parte, D.a Francisca Suárez Roldán, nombrada Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Titulcia (Madrid), en la sesión constitutiva de fecha 15 de junio de 2019, actúa en el ejercicio de sus atribuciones conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de Modernización de Gobierno Local, en adelante Ayuntamiento de Titulcia.

Las partes intervinientes, en razón de las competencias que les confieren sus respectivos cargos, se reconocen capacidad y poder suficiente para contratar y obligarse.

EXPONEN

I. Que con fecha 16 de octubre de 2018 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Titulcia, donde se establecen las condiciones que afectarán al comodato de bienes muebles del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, asignados al Museo Arqueológico Regional, en dependencias de dicho Ayuntamiento, cuya vigencia se establecía por cuatro años a partir de la fecha de su firma.

II. Que el citado convenio tiene por objeto el depósito temporal en el Ayuntamiento de Titulcia de algunos de los restos arqueológicos que el Museo Arqueológico Regional conserva, procedentes de las excavaciones llevadas a cabo en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, desde que asumió estas competencias según artículo 26.1.19 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Los objetos arqueológicos objeto de depósito figuran en relación adjunta como Anexos de este convenio.

III. Que una vez puesto en práctica este convenio y estando próxima la fecha de su vencimiento, se considera procedente mantener el depósito temporal de los bienes muebles, así como las condiciones estipuladas en el mismo, dado que se ha revelado sumamente provechoso para la puesta a disposición de los ciudadanos del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid.

Por todo lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN

Que, en base a lo anterior y de acuerdo con lo señalado en la Cláusula Tercera del convenio vigente, se hace necesario prorrogarlo por otros cuatro años, durante el período comprendido entre el 16 de octubre de 2022 y el 16 de octubre de 2026.

La prórroga al convenio se regirá por todas y cada una de las condiciones estipuladas en el convenio del que trae causa.

Y en prueba de su conformidad con todo cuanto antecede, se suscribe el presente instrumento que firman ambas partes y a un solo efecto en el lugar y fecha reseñados, quedando sendos ejemplares en poder de cada parte.

Madrid, a 30 de junio de 2022.—La Alcaldesa-Presidenta, Francisca Suárez Roldán.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

(03/14.194/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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