Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220726-14

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

14
ORDEN 1448/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad de Medicina del Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, de 28 de diciembre) y en el Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID NÚMERO 270, de 12 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad de Medicina del Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de veintitrés plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad de Medicina del Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre.

1.2. Las veintitrés plazas del proceso selectivo de acceso libre se encuentran vinculadas a las siguientes ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid:

— Tres plazas se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021, aprobada por el Decreto 241/2021, de 22 de diciembre.

— Las veinte restantes a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada por el Decreto 30/2022.

1.3. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan dos plazas del total de las convocadas por el turno libre.

Segunda

Personas aspirantes

2.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Estar en posesión del título de Grado o Licenciado en Medicina y título de Médico Especialista, en la Especialidad de Medicina del Trabajo, o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes, o haber obtenido el título de Médico Especialista conforme al procedimiento regulado por Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre.

— Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas y funciones habituales del Cuerpo y Especialidad a la que se pretende acceder.

2.2. Las personas que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y acreditarlos en los términos señalados en las bases generales, con las siguientes particularidades:

En el caso de aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes y plazo de presentación

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y, en lo que no resulte contradictorio, a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en estos procesos selectivos se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, cumplimentando el formulario de solicitud del proceso selectivo, que en cada caso corresponda, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente orden, accediendo a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... , seleccionando el cuerpo y, en su caso, escala y especialidad objeto de la presente convocatoria.

3.3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion... a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.

Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación. Finalizada ésta el sistema le permitirá visualizarlo y generar un documento en formato pdf que deberá firmar y guardar, así como adjuntar a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base tercera.4 de esta Orden.

3.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del/de la aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

3.5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la base octava segunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación: “Acceso al Cuerpo Sup. Salud Púb., Medicina del Trabajo”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A1 de los que se deriva la formación de lista de espera, y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

Quinta

Admisión de personas aspirantes

5.1. En cuanto a la admisión de personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

5.2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal Calificador será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo su régimen jurídico la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2019) y la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 77, de 31 de marzo).

6.2. Los Tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda.

6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por las personas aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los acuerdos por los que se aprueban las relaciones de personas aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Séptima

Sistema de Selección

7.1. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de oposición.

7.2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de esta convocatoria.

La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

7.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de cien preguntas, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores, propuesto por el Tribunal, que versarán sobre el programa que figura como Anexo I a la presente Orden.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco, o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.

7.2.2. Segundo ejercicio: Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas, deberán desarrollar, por escrito dos temas extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.

Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de la expresión escrita, la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.2.3. Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, extraído al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que, en su caso, el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.

El supuesto será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y el conjunto de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.3. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, de los sucesivos ejercicios, así como la de las listas de aspirantes que los superen, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid , y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “B”, de conformidad con la Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 16 de junio).

7.6. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir las mismas a la sesión a la que hayan sido convocadas. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar resolución motivada a tal fin.

A estos efectos, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al anuncio de la fecha del examen e implicará el consentimiento de la interesada para permitir el acceso del Tribunal o del órgano convocante a los datos médicos necesarios relacionados con su situación.

El Tribunal Calificador, basándose en la información recibida, acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente.

7.7. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre de 2023.

Octava

Calificación de los ejercicios

8.1. A efectos de la calificación final del proceso selectivo, el tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos en cada tema.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre 0 y 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.

8.1.3. Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

8.2. Calificación final: El orden de los aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre ellas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

2.o Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

3.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a las del turno libre, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho/a aspirante en el citado turno libre al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas por este turno en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes que concurren por el mismo.

Novena

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

9.1. El Tribunal hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.

— Calificación final.

9.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

9.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.

Décima

Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad de Medicina del Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.

Undécima

Lista de espera para funcionarios/as interinos/as

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad de Medicina del Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo.

El orden de las personas participantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de 4 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio de la oposición, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra contemplada en la base 7.5 de esta convocatoria.

Undécima

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 15 de julio de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO I

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES DE SALUD PÚBLICA, ESPECIALIDAD DE MEDICINA DEL TRABAJO, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas: Su garantía y suspensión.

2. Organización territorial del Estado. Regulación constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Composición, designación y remoción. Funciones y potestades.

5. La Administración autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional.

6. La organización de los servicios de información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid. Sistema de sugerencias, quejas y reclamaciones. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: derecho de acceso a la información pública.

7. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. Órganos auxiliares.

8. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

9. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

10. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: Contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

11. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento.

12. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

13. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

14. La responsabilidad patrimonial de la Administración. El régimen jurídico en el sistema español. Responsabilidad de autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

15. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

16. El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Temario específico

1. La Unión Europea: El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Actuaciones de las instituciones comunitarias. Directiva marco 89/391/CEE y directivas específicas que la complementan. Las Estrategias Europeas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. Marco jurídico español actual en materia de prevención de riesgos laborales: Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones. Ámbito de aplicación. La Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Madrid: Acuerdos Sectoriales de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, Convenio Colectivo para el Personal Laboral, y régimen estatutario para el personal de los servicios de salud.

3. Derechos y obligaciones: el derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores.

4. Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención: la integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de la prevención. Características y funciones del servicio de prevención. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades: Funciones y requisitos. La acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a la empresa. Funciones y niveles de cualificación.

5. Funciones y actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de prevención. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo: competencias y funciones.

6. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud: competencias y facultades. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

7. Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa. La integración de la prevención en la Gestión. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría de prevención.

8. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social: Constitución, competencias y ámbito de actuación.

9. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: principios y definiciones legales; el derecho de información sanitaria y el derecho a la intimidad. El respeto de la autonomía del paciente: el consentimiento informado. Historia clínico-laboral y su contenido. La documentación clínica. Sistemas de información sanitaria en Vigilancia de la Salud. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud.

10. Incapacidad temporal: Concepto, requisitos, prestaciones, duración y valoración médica. Los tiempos estándar y los tiempos óptimos en Incapacidad Temporal.

11. Incapacidad permanente: Concepto, grados, prestaciones e informe de resolución. Procedimiento para el reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente. Los equipos de valoración de incapacidades.

12. Los conceptos de deficiencia y discapacidad. Clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud de la Organización Mundial de la Salud. La valoración de la discapacidad en España. Valoración de secuelas.

13. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Condiciones de trabajo, daños derivados del trabajo, riesgo laboral, protección y prevención.

14. Daños derivados del trabajo: accidentes de trabajo, enfermedades relacionadas con el trabajo y enfermedades profesionales. El accidente de trabajo: Concepto, declaración, prestaciones, peculiaridades y tipos. Causas de los accidentes. Índices estadísticos. Evolución de la siniestralidad. Investigación de accidentes. Lesiones permanentes no invalidantes. El sistema DELT@ y PANOTRATSS.

15. Enfermedad profesional: Concepto, declaración, requisitos. Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. El sistema CEPROSS como método de transmisión electrónica del parte de enfermedad profesional.

16. Funciones y competencias de la Medicina del Trabajo. Normativa que establece los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención de riesgos laborales.

17. Vigilancia de la salud: Concepto, objetivos y base legal. Vigilancia de la salud colectiva e individual: Aspectos metodológicos. Exámenes de salud. Protocolos de Vigilancia Sanitaria Específica de los trabajadores en función de los riesgos. Valoración de la Aptitud para trabajar.

18. La protección de los trabajadores especialmente sensibles en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Adaptación y cambio de puesto por motivos de salud. Actuación de un servicio de prevención propio.

19. Protección de la maternidad: Situaciones de riesgo laboral durante el embarazo y la lactancia natural. Adaptación, cambio de puesto de trabajo. Normativa legal vigente. Actuación de un servicio de prevención propio.

20. Epidemiología laboral: Conceptos generales y funciones. Sistema de vigilancia epidemiológica. Enfermedades de declaración obligatoria. Sistemas de información en salud laboral.

21. Estadística descriptiva. Tipos de variable. Escalas de medidas de las variables. Medidas de tendencia central y dispersión. Medidas de frecuencia de enfermedad. Razones, proporciones y tasas: Conceptos y tipos. Incidencia, Prevalencia y Mortalidad.

22. Epidemiología analítica: Estudios prospectivos y retrospectivos. Estudios experimentales. Pruebas de hipótesis. El modelo de investigación científica: Diseño de estudios. Comparación de proporciones. Medidas de riesgo.

23. Planificación sanitaria: Bases legales, etapas y contenidos. Promoción de la salud en el medio laboral: Concepto, objetivos y métodos. Indicadores de salud. Programas de educación para la salud en el lugar de trabajo. Programas de Empresas Saludables.

24. Equipos de protección individual (EPI) y equipos de trabajo. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual y equipos de trabajo: concepto, selección, clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual. Obligaciones de los empresarios y de los trabajadores.

25. Lugares de trabajo. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo: Definiciones, obligaciones del empresario, orden, limpieza, mantenimiento, condiciones ambientales, iluminación, servicios higiénicos, locales de descanso, material y locales de primeros auxilios.

26. Higiene industrial: Definición, tipo de agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis y valor límite. Normativa legal de aplicación para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Valores límite ambientales (VLA) y valores límite biológicos (VLB). Control biológico de exposición. Indicadores biológicos.

27. Concepto y definición de agente biológico. Grupos de riesgo. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

28. Alteraciones de la salud relacionadas con la calidad del aire en el interior de los edificios de trabajo. Síndrome del edificio enfermo: Aspectos epidemiológicos, concepto, causas, factores influyentes, manifestaciones clínicas y medidas de prevención.

29. Ergonomía y Psicosociología Aplicada: Conceptos básicos, definiciones y factores de riesgo.

30. Concepción y diseños específicos de los puestos de trabajo y su estudio ergonómico. Adaptación ergonómica del puesto de trabajo: Bases legales, concepto, valoración y metodología empleada.

31. Trabajo en oficinas y la patología relacionada con el uso de pantallas de visualización de datos. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo que incluye pantallas de visualización. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

32. Carga física en el trabajo: Concepto, esfuerzos estáticos y dinámicos, principales trastornos musculoesqueléticos asociados. Normativa legal de aplicación relativa a la prevención del riesgo derivado de la manipulación manual de cargas. Protocolos de vigilancia sanitaria específica sobre manipulación manual de cargas y posturas forzadas.

33. Carga mental: Definición, factores determinantes y repercusiones sobre la salud y su prevención. Principales métodos de evaluación de la carga mental. Nuevas formas de trabajo: Teletrabajo y su problemática.

34. El estrés en el medio laboral: Concepto, causas, factores predisponentes, tipo de estresores, manifestaciones clínicas y consecuencias sobre la salud. Prevención y Vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.

35. Ritmos biológicos. Trabajo nocturno y a turnos: Repercusiones sobre la salud y su prevención. Organización de los ritmos laborales. Trabajos con periodicidad inestable.

36. Patología por tóxicos: Toxicocinética, principales riesgos, efectos sobre la salud y medidas preventivas generales. Control biológico de exposición. Indicadores biológicos: Conceptos y tipos.

37. Prevención de riesgos por exposición a agentes cancerígenos y mutágenos: Conceptos y categorías. Patogénesis del cáncer. Patología cancerosa de origen laboral. Normativa legal de aplicación sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo.

38. Exposición profesional a metales potencialmente cancerígenos, en especial arsénico, níquel, cadmio, cromo y berilio. Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención.

39. Exposición profesional a plomo y sus compuestos: Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención. Protocolo de vigilancia sanitaria específica en trabajadores expuestos.

40. Exposición profesional a otros metales: Mercurio, manganeso y talio. Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención. Exposición profesional a otros compuestos tóxicos: Aldehídos (formaldehído), cetonas (acetona), alcoholes (metanol), esteres, glicoles, isocianatos. Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención.

41. Exposición profesional a hidrocarburos aromáticos simples: Benceno, etilbenceno, tolueno, xileno y estireno. Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención.

42. Exposición profesional a hidrocarburos alifáticos. Estudio especial del hexano y halogenados clorados (percloroetileno, tricloroetileno). Usos y fuentes de exposición, toxicocinética, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención.

43. Cloruro de vinilo: Exposición profesional. Legislación específica. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

44. Plaguicidas: Conceptos, clasificación, fuentes de exposición y uso actual, vías de entrada, toxicocinética, efectos sobre la salud. Tratamiento de las intoxicaciones. Normativa legal. Medidas preventivas de los manipuladores de plaguicidas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

45. Sector agrario: Perfiles laborales del sector agrario. Factores de riesgo y posibles daños a la salud. Vigilancia de la salud de los trabajadores del sector agrario.

46. Intoxicaciones profesionales a gases y vapores irritantes y asfixiantes: Amoniaco, dióxido de azufre, vapores nitrosos, monóxido de carbono, dióxido de carbono. Usos y fuentes de exposición, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención.

47. Exposición profesional en el ámbito sanitario a los citostáticos: Conceptos, fuentes de exposición y usos, mecanismos de acción, efectos sobre la salud, diagnóstico, tratamiento y prevención. Medicamentos peligrosos. Protocolo de vigilancia sanitaria específica en trabajadores expuestos a citostáticos.

48. Exposición profesional en el ámbito sanitario a los gases anestésicos inhalatorios: Conceptos, fuentes de exposición, mecanismos de acción, efectos sobre la salud y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

49. Exposición profesional en el ámbito sanitario a óxido de etileno: Fuentes y uso, mecanismos de acción, efectos sobre la salud y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

50. Amianto: Características, fuentes de exposición y usos, mecanismo de acción, efectos sobre la salud, diagnóstico y medidas preventivas. Normativa legal de aplicación. Protocolo de vigilancia sanitaria específica. Programa integral de vigilancia de la salud de los trabajadores que han estado expuestos a amianto.

51. Otras enfermedades profesionales por inhalación de polvos inorgánicos: Neumoconiosis y silicosis. Características, fuentes de exposición y usos, mecanismo de acción, efectos sobre la salud, diagnóstico, evaluación del riesgo y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

52. Enfermedades profesionales por inhalación de polvos orgánicos: Neumonitis por hipersensibilidad o alveolitis alérgica extrínseca. Concepto, fuentes de exposición y usos, mecanismo de acción, efectos sobre la salud. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

53. Asma laboral: Concepto, fuentes de exposición y usos, mecanismo de acción y efectos sobre la salud. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

54. Exposición a agentes biológicos. Conceptos generales. Fuentes de exposición, efectos sobre la salud y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica para trabajadores expuestos a Agentes Biológicos.

55. Principales enfermedades víricas transmitidas en el medio sanitario: Hepatitis, VIH, COVID-19. Epidemiología, clínica, diagnóstico y prevención. Protocolo de vigilancia sanitaria específica. Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2.

56. Tuberculosis en el medio laboral: Etiología, epidemiología, fuentes de exposición, vías de transmisión y efectos sobre la salud. Métodos diagnósticos, criterios de valoración. Protocolo de actuación. Estudio y seguimiento de contactos en el medio laboral.

57. Brucelosis y tétanos de origen profesional: Etiología, epidemiología, fuentes de exposición, vías de transmisión y efectos sobre la salud. Métodos diagnósticos, criterios de valoración. Protocolo de actuación.

58. Otras enfermedades infecciosas de origen laboral: Carbunco, leptospirosis, tularemia, rickettsiosis, fiebre Q, psitacosis y rabia. Etiología, epidemiología, fuentes de exposición, vías de transmisión y efectos sobre la salud. Métodos diagnósticos, criterios de valoración. Protocolo de actuación.

59. Enfermedades infecciosas de transmisión respiratoria: gripe, parotiditis, sarampión, varicela, rubeola. Epidemiología, fuentes de exposición, vías de transmisión y efectos sobre la salud. Métodos diagnósticos, criterios de valoración. Protocolo de actuación. Medidas preventivas.

60. Inmunización. Programas de vacunación en el medio laboral: individual y colectiva. Inmunoprofilaxis. Clasificación de las vacunas. Estabilidad y conservación de las vacunas.

61. Intoxicaciones y toxiinfecciones de origen alimentario: Conceptos generales. Principales cuadros clínicos.

62. Radiaciones ionizantes: Conceptos y tipo de radiaciones ionizantes. Efectos sobre el organismo. Principales formas de riesgo profesional, evaluación y prevención. Protección sanitaria de los trabajadores expuestos. Protocolo de vigilancia sanitaria específica para trabajadores expuestos y criterios médicos de aptitud.

63. Radiaciones no ionizantes: Conceptos, clasificación, fuentes de exposición y efectos sobre la salud. Radiación luminosa, infrarroja, ultravioleta, láser. Microondas y radiofrecuencia. Normativa vigente. Campos eléctricos y electromagnéticos de baja frecuencia. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos y vigilancia de la salud.

64. Ruido: Conceptos, fuentes de exposición y usos, efectos sobre la salud. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos. Normativa legal de aplicación. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

65. Vibraciones mecánicas: Conceptos, tipos, fuentes de exposición laboral, efectos sobre la salud y factores que influyen en la magnitud de sus efectos. Normativa legal de aplicación. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos y vigilancia de la salud.

66. Trabajos con aire comprimido. Efectos de la presión sobre la salud. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos. Vigilancia de la salud.

67. El calor como agente de patología profesional. Trastornos producidos por el frío. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos. Vigilancia de la salud.

68. Patología profesional dermatológica: Definición, factores predisponentes y principales formas de riesgo. Dermatitis de contacto. Principales sensibilizantes: Metales (cromo, niquel) y colorantes. Dermatitis por gomas y derivados, resinas y plásticos sintéticos. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos y vigilancia de la salud.

69. Neuropatías por presión más frecuente en el medio laboral: Conceptos, fuentes de exposición laboral, etiopatogenia, efectos sobre la salud y cuadros clínicos específicos. Medidas preventivas de los trabajadores expuestos. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

70. Patología laboral más frecuente provocada por movimientos repetidos de miembro superior: Conceptos, etiopatogenia, fuentes de exposición laboral, efectos sobre la salud y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

71. Fibromialgia y síndrome de fatiga crónica: Concepto, etiopatogenia, manifestaciones clínicas y su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud. Otras enfermedades en el ámbito laboral: la lipoatrofia semicircular y la Sensibilidad Química Múltiple.

72. Enfermedades reumáticas inflamatorias y degenerativas. Su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud.

73. Enfermedades y lesiones de la columna cervical. Principales síndromes cervicales. Estudio especial de la patología del plexo braquial. Su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud.

74. Enfermedades y lesiones de la columna dorsal, lumbar y sacra. Estudio especial dela patología del plexo lumbosacro. Su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud.

75. Principales enfermedades y lesiones del miembro superior e inferior. Su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud.

76. Valoración de la marcha. Principales tipos de marcha anormal. Valoración de la postura. Principales alteraciones posturales. Su repercusión laboral. Medidas preventivas y vigilancia de la salud.

77. Patología otorrinolaringológica laboral. Patología laríngea por esfuerzo sostenido de la voz: disfonía y nódulos de cuerdas vocales. Hipoacusias. Traumatismo sonoro. Conceptos generales, actividades implicadas, medidas preventivas y vigilancia de la salud.

78. Patología en trabajadores expuestos a polvo de madera. Protocolo para la vigilancia sanitaria específica del adenocarcinoma de fosas nasales y senos paranasales.

79. Patología oftalmológica laboral. Lesiones oculares no mecánicas: químicas, térmicas, eléctricas, por radiación ionizante y no ionizante. Lesiones oculares mecánicas: contusiones, cuerpos extraños, desgarro y desprendimiento de retina. Traumatismos neurooftalmológicos. Vigilancia de la salud.

80. Organización de los primeros auxilios en el medio laboral: Regulación normativa, planificación y recursos. Normas de actuación ante una emergencia. Reanimación cardiopulmonar básica. Secuencias de actuación. Formación en primeros auxilios.

81. Trastornos ansiosos y depresivos en el medio laboral: Definición, etiología, manifestaciones clínicas. Su repercusión laboral. Valoración clínico laboral.

82. Síndrome psicótico en el medio laboral: Definición, etiología, manifestaciones clínicas. Su repercusión laboral. Valoración clínico laboral.

83. El enfermo psicosomático y simulador en el medio laboral. Valoración clínico laboral.

84. Alcohol, tabaco y drogodependencias en el medio laboral. Problemas relacionados con el consumo. Prevención en el medio laboral. Valoración clínico laboral.

85. Síndrome de burnout: Concepto, factores antecedentes y consecuentes, manifestaciones clínicas. Medidas preventivas. Vigilancia de la salud.

86. Acoso en el entorno laboral: Concepto, tipos, causas y consecuencias, manifestaciones clínicas. Medidas preventivas. Protocolo general de prevención y actuación frente a todos los tipos de acoso en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

87. Violencia en el lugar de trabajo. Concepto y clasificación. Causas y consecuencias. Medidas preventivas. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de violencia en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.













(01/15.022/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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