Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
27-07-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220727-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 4

127
Móstoles número 4. Procedimiento 798/2022

EDICTO

Don Alejandro Tofiño Padrino, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio falta pago-250.1.1) número 798/2022, instados por la procuradora doña Carolina Martín-Maestro Barbero, en nombre y representación de Inversiones Sypar, S. L., contra don/doña José Ángel Martín Martín y don/doña Alhassane Bangoura, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 19 de julio de 2022 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Acuerdo estimar la demanda interpuesta por Inversiones Sypar, S. L., contra José Ángel Martín Martín y contra Alhassane Bangoura, y acuerdo que se proceda al desahucio del local sito en avenida Dos de Mayo 18, número 7, y les condeno al pago de 48.559,49 euros a la parte actora, incrementado en el importe de las rentas que periódicamente venzan desde la fecha de interposición de la demanda hasta la entrega de la efectiva posesión de la finca.

Se acuerda la imposición de las costas a la parte demandada.”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don/doña Alhassane Bangoura, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 20 de julio de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.352/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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