Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
27-07-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220727-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
EXTRACTO de la Orden de 20 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2022 subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro.

BDNS: 640688

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2022 subvenciones para favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro.

Segundo

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran establecidas en la Orden de 20 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con sin ánimo de lucro.

Tercero

Entidades beneficiarias

Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta Orden las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en riesgo o situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.

Cuarto

Financiación

1. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en esta orden de convocatoria, cuya vigencia se extenderá al ejercicio de 2022, se destinará el crédito presupuestario con cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, subconcepto de gasto 48099, por importe máximo de 4.000.000 de euros.

2. Las subvenciones previstas en esta Orden serán objeto de financiación con cargo a la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE), a través del Programa Operativo Regional FSE, hasta una tasa máxima del 100%, dentro del período de programación 2014-2020.

a) Eje REACT UE: Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.

b) Prioridad de inversión única: Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.

c) Objetivo específico: OE REACT-UE 2: Apoyo al acceso al mercado de trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad.

Quinto

Cuantía de las ayudas

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de esta orden, la cuantía de la subvención será un módulo de 650 euros por cada persona participante que concluya un itinerario de inserción de 3 meses de duración, siendo ésta la duración mínima, y de 1.300 euros por cada persona participante que concluya un itinerario de 6 meses de duración, que constituye la duración máxima prevista.

2. Las solicitudes se realizarán por la cuantía que resulte de multiplicar el número de participantes previstos en los itinerarios por la cuantía del módulo fijado en el apartado anterior en función de la duración del itinerario.

Sexto

Número de itinerarios y período subvencionable

1. El número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 15 y el número máximo de itinerarios será de 150.

2. El período subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será, como máximo, de ocho meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la orden de concesión de la subvención.

Séptimo

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de julio de 2022.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/15.475/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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