Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
29-07-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220729-37

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 15 de julio de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Fita, para colaborar en el plan de autonomía personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

En Madrid, a 15 de julio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Ignacio Jiménez San Segundo, en nombre y representación de Fundación FITA, inscrita con el nombre Instituto de Trastornos Alimentarios en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 662, actúa en su calidad de Presidente de la Fundación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de sus Estatutos.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la cuarta adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

El día 3 de mayo de 2019, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación FITA para iniciar una línea de colaboración que redunde en beneficio de los objetivos que se pretenden alcanzar con el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid, con vigencia desde el 3 de mayo de 2019 al 31 de diciembre de 2019.

Segundo

La cláusula decimoprimera de dicho convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de esta cláusula, ha sido objeto de tres prórrogas, suscritas por la Comunidad de Madrid y la Fundación FITA mediante adendas formalizadas el 20 de diciembre de 2019, por la que fue prorrogado desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, adenda formalizada el 23 de junio de 2020 por la que fue prorrogado desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021 y adenda formalizada el 16 de julio de 2022 por la que ha sido prorrogado del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Que, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid, se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la cuarta adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 3 de mayo de 2019, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

Segunda

Financiación

1. El coste total de la colaboración convenida para el programa de alojamiento y acompañamiento educativo para 10 plazas destinadas a jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social y vulnerabilidad en su salud mental, con o sin discapacidad intelectual ligera, procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid asciende a 237.250,00 euros, IVA exento, sobre la base de un coste usuario/día de 65,00 euros.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid, sobre la base de 45,00 euros usuario/día, supondrá un coste total de 164.250,00 euros, IVA exento, con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023, salvo la imputación presupuestaria de 2024.

Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:

Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de lo estipulado en el apartado 6 de la cláusula segunda del convenio que se prorroga, participando en un 69,23 por 100 del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del convenio. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas (vestuario, abono trasporte…) y personal presencial cualificado para la atención por la especial vulnerabilidad psicológica que presentan los jóvenes. Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la cláusula segunda.

3. Por su parte, la Fundación FITA aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 73.000,00 euros, IVA exento.

4. La aportación de la Fundación FITA en cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera del convenio, de conformidad con lo descrito en la cláusula primera, se destinará a sufragar gastos de personal, instalaciones, medios materiales, bienes y suministros necesarios para la prestación del servicio, participando así en un 30,77 por 100 del coste total del programa de alojamiento y acompañamiento educativo objeto del convenio.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la cuarta adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 15 de julio de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa Treviño.—Por la Fundación FITA, el representante, Ignacio Jiménez San Segundo.

(03/15.057/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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