Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
29-07-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220729-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BATRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Batres. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de julio de 2022, acordó la aprobación inicial de los expedientes de modificación presupuestaria de referencia:

1. Expediente de modificación de crédito al presupuesto del Ayuntamiento de Batres número 8/2022 en la modalidad de crédito extraordinario/suplemento de crédito financiado remanente de Tesorería para gastos generales.

2. Expediente de modificación de crédito al presupuesto del Ayuntamiento de Batres número 9/2022 en la modalidad de crédito extraordinario/ financiado remanente de Tesorería para gastos generales.

3. Expediente de modificación de crédito al presupuesto del Ayuntamiento de Batres número 10/2022 en la modalidad de crédito extraordinario/suplemento de crédito financiado remanente de Tesorería para gastos generales.

4. Expediente de modificación de crédito al presupuesto del Ayuntamiento de Batres número 12/2022 en la modalidad de transferencia de crédito entres distintas áreas de gasto.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 de dicho artículo, podrán presentar reclamaciones ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El expediente de modificación de crédito, puede ser consultado en las dependencias municipales para que se formulen en las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://www.batres.es

El expediente de modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobado, si durante el período de exposición al público no se hubiese presentado reclamación alguna.

Batres, a 19 de julio de 2022.—El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.

(03/15.124/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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