Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
02-08-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220802-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

71
Móstoles número 2. Ejecución 74/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en la Ejecución 74/2022, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MANUEL JESUS ARRIAZA PEREZ frente a SOHATEL NETWORK SL y INSTALACION DE TENDIDOS TELEFONICOS SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 11/07/2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 409,76 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Transfiérase a favor de D. Manuel-Jesús Arriaza Pérez la cantidad de 46,76 euros, en concepto de los intereses legales devengados.

Se requiere al letrado D. Javier García Carcelén, para que comunique a este juzgado su número de cuenta, al objeto de transferir cantidades en concepto de honorarios.

Requiérase a la parte ejecutada para que en el plazo de OCHO DIAS ingrese en la cuenta de Consignaciones Judiciales de Banco Santander IBAN ES55-0049-3569-92-0005001274, indicando en el campo Concepto: 2851000064007422, la cantidad de 110,35 euros de resto de costas, con apercibimiento de que si no lo verifica, se procederá por la vía de apremio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INSTALACION DE TENDIDOS TELEFONICOS SA y SOHATEL NETWORK SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de julio de dos mil veintidós.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.577/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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