Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220804-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Padrones impuestos

En virtud de las competencias conferidas por decreto número 725/2019, de fecha 25 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166/2019, de 15 de julio), por resoluciones de la Concejalía de Hacienda números 2022/321, de fecha 16 de marzo; 2022/979, 2022/982, 2022/984, 2022/983 y 2022/981, de fecha 22 de julio de 2022, han sido aprobados los padrones correspondientes al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, impuesto de actividades económicas, tasa sobre recogida domiciliaria de basuras-vivienda, comercial y tasa entrada vehículos a través de las aceras (vados) para el ejercicio 2022 y tasa sobre recogida domiciliaria de basuras-industrial para el ejercicio 2021, respectivamente.

En cumplimiento de la legislación vigente se exponen al público dichos padrones durante un plazo de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarse, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón ante la Concejalía de Hacienda, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 1 de septiembre al 7 de noviembre de 2022, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los tributos referidos.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada ley.

Se advierte a los contribuyentes que podrán hacer efectivas sus deudas dentro del período voluntario y durante su horario de atención al público, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: Caixabank, Banco Sabadell, BBVA y Grupo Santander. O por Internet, en el Portal Tributario de la web del Ayuntamiento ( https://portaltributos.aytosag.net/ ).

Concluido el período voluntario y hasta el 21 de noviembre de 2022 podrán hacer efectivas las deudas con el 5 por 100 de recargo, exclusivamente en La Caixa.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al Ayuntamiento y surtiendo ésta efecto para el año 2023 y sucesivos.

En caso de extravío o de no haber recibido el impreso para el pago deberán presentarse en las dependencias municipales para la obtención de un duplicado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En San Agustín del Guadalix, a 26 de julio de 2022.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.

(01/15.514/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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