Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2022

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220810-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Horcajo de la Sierra-Aoslos. Régimen económico. Presupuesto general

El Ayuntamiento de Horcajo de la Sierra-Aoslos, en sesión celebrada el pasado 9 de junio de 2022 aprobó, con carácter inicial, el presupuesto general de la Corporación Local para el ejercicio 2022 por un importe global de 827.245,90 euros.

Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante quince días hábiles en las dependencias de la Intervención Municipal, publicándose anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160 de 7 de julio de 2022.

Durante el período de exposición al público, que se inició el 8 de julio de 2022 y terminó el día 29 de julio de 2022, no se registró reclamación alguna contra la aprobación del citado expediente, por lo que, de conformidad con el artículo 20.1 del RD 500/1990, de 20 de abril, y el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se eleva dicho acuerdo de aprobación a definitivo.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 del referido RD 500/1990 y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace pública la aprobación definitiva del expediente del presupuesto general del Ayuntamiento para el ejercicio 2022 y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:



Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica anexo relativo a la platilla del personal aprobada para el ejercicio 2022, y que aparece dotada en el presupuesto de la Corporación para el mismo ejercicio.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos procedentes, significándose que, contra la aprobación definitiva del mismo, y a tenor de lo establecido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En Horcajo de la Sierra-Aoslos, a 1 de agosto de 2022.—El alcalde, Adrián Manzanares Uceda.

(03/15.854/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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