Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2022

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220812-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 2203/2022, de 3 de agosto, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica la Orden 175/2013, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de implantación de los planes de estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores.

La presente Orden tiene por objeto modificar la Orden 175/2013, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de implantación de los planes de estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores, a los efectos de autorizar al Real Conservatorio Superior de Música de Madrid a impartir canto histórico en el Itinerario C de la especialidad de Interpretación.

El artículo 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que corresponde al Gobierno de la Nación definir la estructura y contenidos básicos de las enseñanzas artísticas superiores.

Para dar cumplimiento a este mandato se aprobó el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas de Grado en Música.

Mediante el Decreto 36/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el plan de estudios para la Comunidad de Madrid, de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música, se da cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 11.2 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, que disponía que serían las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, las que aprobarían el plan de estudios correspondiente a cada título, debiendo publicarse dichos planes en los respectivos boletines oficiales. Es por eso que se dictó la Orden 175/2013, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de implantación de los planes de estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores, mediante la cual se autorizó al Real Conservatorio Superior de Música de Madrid a la implantación de cinco especialidades: Composición, Dirección, Musicología, Pedagogía e Interpretación.

Por medio de la Orden 22/2019, de 29 de octubre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, se modificó la Orden 175/2013, de 31 de enero, ampliando la oferta académica del Real Conservatorio Superior de Música de Madrid, autorizando al centro a impartir la especialidad de Sonología e incluyendo la viola da braccio dentro de los instrumentos del Itinerario C de la especialidad de Interpretación.

El Decreto 36/2011, de 2 de junio, incluye la modalidad canto histórico, dentro del Itinerario C de la especialidad de Interpretación, siendo la única que hasta ahora no se ha impartido. Estudiada la necesidad de completar la oferta académica del centro, que cuenta con diversas agrupaciones camerísticas dedicadas a la música antigua, se considera pertinente aprobar la impartición de esta modalidad en el Real Conservatorio Superior de Música de Madrid.

La Consejería competente en la materia es actualmente la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en virtud de lo dispuesto en artículo 1.1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

En su virtud,

DISPONGO

Primero.

Se modifica la Orden 175/2013, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de implantación de los planes de estudios para la Comunidad de Madrid de las Enseñanzas Artísticas Superiores, en su dispongo Séptimo, que queda redactado del siguiente modo:

“Séptimo

En el Real Conservatorio Superior de Música de Madrid se impartirán las siguientes especialidades e itinerarios:

— Especialidad de Composición.

— Especialidad de Dirección.

— Especialidad de Musicología.

— Especialidad de Pedagogía.

— Especialidad de Interpretación:

• Itinerario A. Instrumentos de la orquesta y/o la banda y percusión: arpa, clarinete, contrabajo, fagot, flauta, oboe, percusión, saxofón, trompa, trompeta, trombón, tuba, viola, violín, violonchelo.

• Itinerario B. Instrumentos polifónicos modernos, excepto arpa: piano, guitarra y acordeón.

• Itinerario C. Clave, órgano, instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y el Barroco, flauta de pico, traverso barroco, violín barroco, viola da braccio, viola da gamba, violonchelo barroco y canto histórico.

— Especialidad de Sonología”.

Segundo.

La presente Orden surtirá efectos desde el inicio del curso 2022-2023.

Madrid, a 3 de agosto de 2022.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/16.146/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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