Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
18-08-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220818-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por decreto de Alcaldía, de fecha 4 de agosto de 2022, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Decreto.—Visto que mediante decreto de Alcaldía, de fecha 21 de junio de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 2 de julio de 2019), se delegó en la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento la competencia relativa a la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas (esto es, de la Entidad Local).

Visto que el artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), establece que el órgano delegante podrá avocar en cualquier momento competencia delegada con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común, y atendiendo a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Vista la imposibilidad de celebrar Junta de Gobierno Local durante el mes de agosto de 2022, dada la solicitud de disfrute del período vacacional por miembros del citado órgano colegiado de la Corporación; así como la necesidad de atender las distintas necesidades vecinales en lo que respecta al uso y disfrute de los bienes municipales, por medio de la presente, resuelvo:

1.o Avocar durante el mes de agosto la competencia asumida por la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la resolución de esta Alcaldía número 21 de delegación de competencias, de fecha 21 de junio de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 2 de julio de 2019), en lo que se refiere a la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.868/1986, de 28 de noviembre.

2.o Asumir durante el mes de agosto la competencia en lo referente a la adjudicación de concesiones sobre bienes de la Entidad Local.

3.o Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.o Dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre”.

Paracuellos de Jarama, a 5 de agosto de 2022.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrúa.

(03/16.217/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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