Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
19-08-2022

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220819-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

1
ORDEN 2321/2022, de 17 de agosto, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se corrigen errores de la Orden 2290/2022, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan los puestos de Director/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Vicedirector/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Jefe/a de Unidades Técnicas del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Secretario/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Director/a del Centro de Formación para Intercambios Internacionales, Secretario/a del Centro de Formación para Intercambios Internacionales y Secretario/a del Centro Territorial de Formación del Profesorado Madrid-Este, para su provisión por el sistema de Libre Designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

DISPONGO

Primero

Advertidos errores materiales en la Orden 2290/2022, de 9 de agosto, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan los puestos de Director/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Vicedirector/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Jefe/a de Unidades Técnicas del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Secretario/a del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, Director/a del Centro de Formación para Intercambios Internacionales, Secretario/a del Centro de Formación para Intercambios Internacionales y Secretario/a del Centro Territorial de Formación del Profesorado Madrid-Este, para su provisión por el sistema de Libre Designación, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 194, de 16 de agosto de 2022, se procede a su corrección en los términos siguientes:

— En el título de la orden, en el dispongo primero (objeto), en el dispongo tercero (requisitos) y en el Anexo I (Relación de puestos):

Donde dice:

“Jefe/a de Unidades Técnicas”.

Debe decir:

“Coordinador/a de las unidades técnicas”.

— En el título de la orden y en el dispongo primero (objeto):

Donde dice:

“Centro Territorial de Formación del Profesorado Madrid-Este”.

Debe decir:

“Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid-Este”.

Segundo

Se concede un nuevo plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección, a efectos de la presentación de solicitudes y documentación para el puesto de “Coordinador/a de las unidades técnicas”, de conformidad con lo previsto en el apartado quinto de la citada Orden 2290/2022, de 9 de agosto, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 17 de agosto de 2022.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/16.563/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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