Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
26-08-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220826-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 19 de agosto de 2022, del Gerente de la Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de la Agencia para el Empleo de Madrid destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen, en la ciudad de Madrid, un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual dirigido a personal desempleadas o demandantes de empleo.

BDNS (Identif.): 644857

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Entidades e instituciones sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.—Puesta en marcha, implantación y desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual dirigido a personas desempleadas o demandantes de empleo, empadronados en la ciudad de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 250.000 euros. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/489.01 “Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro” del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—La valoración total de cada solicitud será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, de los que 15 corresponden al apartado relativo a la entidad solicitante y 85 al proyecto presentado. Más concretamente, la prioridad de valoración recaerá sobre la descripción, fines y metodología del proyecto presentado, así como sobre los resultados previstos constituyendo la prioridad de valoración los aspectos relacionados con la formación para el empleo y la promoción de la inserción laboral.

Madrid, a 19 de agosto de 2022.—El gerente, José María Meneses del Castillo.

(03/16.670/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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