Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
31-08-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220831-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

61
Móstoles número 1. Procedimiento 323/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 323/2022-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALI RUZHDI SALI y D./Dña. MERGYUL KERIN ALI frente a D./Dña. FRANCISCO JAVIER CABRERA MOLINA, H.L.T., S.A., FONDO DE DE GARANTIA SALARIAL y EL HORNO DE ADOBE, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a veintisiete de junio de dos mil veintidós

Estimándose justificado el motivo alegado por la parte demandado para solicitar la suspensión de los actos de conciliación y juicio que están señalados para el día 03/10/2022, a las 12:00 horas, se acuerda la suspensión de los mismos.

Se señala nuevamente para dichos actos la audiencia del 10/10/2022 a las 12:15 horas.

Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de notificación en legal forma a H.L.T., S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a cinco de agosto de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.344/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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