Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
01-09-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220901-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

URBANISMO

44
Colmenar del Arroyo. Urbanismo. Plan urbanístico alineación avenida de España

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 17 de agosto de 2022, se ha aprobado el inicio del procedimiento de modificación puntual no sustancial de planeamiento para la alineación en la avenida de España, a la altura de la esquina con la plaza de España, sometiendo la misma a información pública por el plazo de un mes, a los efectos de reclamaciones y alegaciones, solicitando simultáneamente los informes sectoriales necesarios. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación/publicación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación/publicación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Colmenar del Arroyo, a 19 de agosto de 2022.—La alcaldesa presidenta, Ana Belén Barbero Martín.

(03/16.681/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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