Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
01-09-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220901-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Griñón. Régimen económico. Padrones fiscales

Por resoluciones de Alcaldía números 1897 y 1898 de fecha 19 de agosto de 2022, y resolución 1907/2022 de fecha 22 de agosto 2022, han sido aprobados los padrones de padrón de tasa de recogida de residuos sólidos urbanos ejercicio 2022, el padrón del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2022, y el padrón del precio público por alquiler de plazas de garaje, en los aparcamientos municipales de movilidad ejercicio 2022. En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón, durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlo en la Oficina Municipal de Recaudación, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período exposición pública del padrón, ante el alcalde-presidente, con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo. Todo ello sin perjuicio del que se estime conveniente para la defensa de sus derechos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 5 de octubre hasta el 5 de diciembre de 2022, se pondrá al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes de los padrones de tasa de recogida de residuos sólidos urbanos ejercicio 2022, el padrón del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2022 y el padrón del precio público por alquiler de plazas de garaje en los aparcamientos municipales de movilidad ejercicio 2022 del Ayuntamiento de Griñón.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El pago podrá realizarse en cualquiera de las siguientes entidades bancarias: Banco Santander. Los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de Recaudación Voluntaria, sita en la calle Villar, número 12. Teléfono: 918 140 014.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Griñón, a 23 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(01/17.121/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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