Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
12-09-2022

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220912-56

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

56
Madrid número 27. Ejecución 151/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA TERESA DIAZ ORTEGA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 27 de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimiento 151/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARZOUQ EL AZZOUZI frente a RECUPERACIONES GM 2018,S.L.sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a veintidós de julio de dos mil veintidós.

PARTE DISPOSITIVA

1. Declarar orden general de del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. MARZOUQ EL AZZOUZI frente a RECUPERACIONES GM 2018, S.L.

2. Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral de la trabajadora y, adviértase asimismo a la parte actora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las Correspondientes nóminas, el período de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (art. 56.1 del E.T.).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2525-0000-64-0151-22.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez

Dña. LAURA GUIRADO FUERTES LA MAGISTRADA-JUEZ

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D. JOSÉ MOREIRAS CHAVES

En Madrid, a cinco de agosto de dos mil veintidós.—El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 25/05/2022, a la empresa RECUPERACIONES GM 2018, S.L. en favor del demandante D. MARZOUQ EL AZZOUZI y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 6 - 28008, el día 13/09/2022, a las 10:10 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a RECUPERACIONES GM 2018, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de septiembre de dos mil veintidós.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.644/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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