Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2022

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220913-25

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2022, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca la I Convocatoria de Becas para realizar Tesis Doctoral en régimen de cotutela para el curso 2022/2023.

BDNS: 647109

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 5 de septiembre de 2022, por la que se convoca la I Convocatoria de Becas para realizar Tesis Doctoral en régimen de cotutela para el curso 2022/2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Los destinatarios de estas becas son los estudiantes de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos que se matriculen en el curso 2022-2023.

Para la obtención de las becas objeto de la presente convocatoria, los estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos generales:

— Estar al corriente de la matrícula en un Programa de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos regulado por el RD 99/2011, tanto en el momento de la solicitud de la beca como durante el desarrollo de la movilidad.

— Contar con, al menos, una evaluación anual positiva por parte de la Comisión Académica del Programa de Doctorado en el que esté matriculado.

— Estar matriculado en un programa de doctorado de la Universidad extranjera en la que se realiza la movilidad, conforme al convenio de cotutela.

— Realizar una estancia de seis meses presencial, siempre en el mismo centro extranjero con el que se tiene convenio de cotutela y en cualquier momento del curso académico 2022/23. Podrá realizarse en dos períodos no consecutivos, con un tiempo mínimo cada uno de tres meses.

— Las ayudas no podrán solicitarse si el estudiante de doctorado:

a) Pretende realizar estancias en su país de residencia.

b) Ha realizado estancias previas de investigación, distintas de la solicitada, en centros extranjeros que le permitan optar ya a la cotutela.

c) Disfruta de ayuda para estancias en centros de investigación de calidad, dentro del Plan Propio de Investigación de la URJC.

d) Disfruta de otras ayudas que cubran los conceptos para los que están destinadas las de la presente convocatoria.

Requisitos económicos u otros requisitos que se tengan que cumplir:

— No ser deudor por reintegro de otras subvenciones que le hayan sido concedidas.

— No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto fomentar la internacionalización en los estudios de doctorado en la Universidad Rey Juan Carlos e impulsar la excelencia en la formación de estudiantes de doctorado a través del incremento de la movilidad internacional.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios

Cuarto

Cuantía

La dotación global de esta ayuda ascenderá a 7.500 euros, que serán satisfechos con cargo al presupuesto del Consejo Social (30CS 422C 48300), a la partida “Becas, formación y otras”.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al 9 de octubre de 2022, ambos inclusive, sin perjuicio de su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos.

La formalización de las solicitudes se llevará a cabo mediante el formulario que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

Toda la documentación deberá ser presentada: 1) en la sede electrónica dirigida a la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos; o 2) en formato electrónico (USB) debidamente identificado, en el Registro General, en los Registros Auxiliares de cualquiera de los Campus de la Universidad; o 3) por correo certificado administrativo dirigida a la Escuela Internacional de Doctorado (calle Quintana, 2, segunda planta, 28008 Madrid); o 4) a través de cualquiera de los medios contenidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. La presentación exclusiva de la información por correo electrónico no es válida.

En el caso de que se remita por una vía alternativa a la sede electrónica, ese mismo día, el solicitante deberá comunicar con la Escuela Internacional de Doctorado y remitir la solicitud por correo electrónico adjuntado el justificante pertinente del envío de su solicitud y el formulario de solicitud.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base IV de las bases reguladoras.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Selección. La composición de la comisión tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y actuará de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La Comisión de evaluación de las solicitudes presentadas estará compuesta por:

a) El/la directora/a de la Escuela Internacional de Doctorado que actuará como presidente.

b) El/la Coordinador/a de Internacionalización de la Escuela Internacional de Doctorado.

c) El/la Secretaria Académica de la Escuela Internacional de Doctorado, y

d) Un/una representante del Consejo Social.

Los criterios de baremación serán los que figuran en la base V de las bases reguladoras de la convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Móstoles, a 5 de septiembre de 2022.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/17.474/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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