Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
14-09-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220914-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Algete. Régimen económico. Calendario fiscal

Habiéndose aprobado mediante decreto por el concejal de Economía Social, número 1699, de fecha 2 de septiembre de 2022, el calendario fiscal 2023:

— Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica: del 13 de abril al 3 de julio de 2023. Recibo domiciliado el 4 de mayo de 2023.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: del 16 de junio al 1 de septiembre de 2023. Recibo domiciliado el 28 de junio de 2023.

— Impuesto sobre actividades económicas (IAE): del 15 de septiembre al 5 de diciembre de 2023. Recibo domiciliado el 29 de septiembre de 2023.

— Impuesto sobre bienes de naturaleza rústica: del 15 de septiembre al 5 de diciembre de 2023. Recibo domiciliado el 29 de septiembre de 2023.

— Tasa de basuras comercial e industrial: del 15 de septiembre al 5 de diciembre de 2023. Recibo domiciliado el 29 de septiembre de 2023.

— Servicio especial de pago en 6 plazos. Recibos domiciliados el 5 de abril, el 5 de junio, el 5 de julio, el 5 de septiembre, el 6 de noviembre y el 5 de diciembre de 2013.

— Servicio especial de pago único. Recibo domiciliado: el 29 de marzo de 2023.

Este calendario tributario 2023 permanecerá expuesto al público en el tablón de edictos electrónico, así como en el Departamento de Recaudación, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de examen y reclamaciones, según el artículo 66.5 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

Algete, a 2 de septiembre de 2022.—El concejal de Economía y Hacienda, Jesús Fernández Cartón.

(01/17.374/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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