Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2022

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220915-26

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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EXTRACTO de la Orden 1696/2022, de 2 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan subvenciones, a entidades sin ánimo de lucro, para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid para el 2023.

BDNS (Identif.): 647136

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid, y tengan la capacidad y medios suficientes y adecuados para llevar a cabo los campos de voluntariado previstos en la Orden.

Segundo

Objeto y finalidad

La realización de campos de voluntariado juvenil promoviendo el voluntariado en beneficio de la comunidad y la promoción de relaciones personales entre jóvenes de diferentes procedencias, trabajando valores de cooperación, solidaridad y tolerancia.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, a entidades sin ánimo de lucro, para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 227, de 23 de septiembre de 2021.

Cuarto

Crédito

El crédito máximo destinado a la presente convocatoria asciende a 150.000,00 euros, con cargo al subconcepto 48099 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de agosto de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. (Orden 1687/2022, de 27 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social), el Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social), Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

(03/17.636/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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