Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2022

Sección 1.2.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220922-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2022, de la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca para su provisión un puesto de trabajo de personal eventual.

Hallándose vacante el puesto de trabajo cuyas características se especifican en el Anexo I a esta Resolución, este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de octubre), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 14 de la Constitución española y el artículo 34 de la Directiva Comunitaria 2006/54/CCE, de 5 de julio, por la que se aplica el principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombre y mujer en asuntos de empleo y ocupación, y el resto de la legislación vigente, ha resuelto anunciar su cobertura con arreglo a las siguientes

BASES

Primera. Requisitos de las personas aspirantes

En el momento de presentar la solicitud, las personas candidatas deberán cumplir los requisitos que se indican:

Nacionalidad:

— Tener la nacionalidad española.

— Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

— Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

— Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

— Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Habilitación:

— No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado.

— En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Segunda. Solicitudes y plazo de presentación

Las solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la Sra. Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, y se presentarán en el Registro General de la misma, c/ Einstein, número 3. 28049 (Madrid), o a través de las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El modelo de solicitud se publica como Anexo II en la web de la UAM:

https://www.uam.es/uam/informacion-para-pas y deberá presentarse junto con los siguientes documentos:

— Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria.

— “Curriculum vitae” de las personas solicitantes en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.

Tercera. Proceso selectivo

El órgano de selección, designado al efecto, evaluará los méritos de las personas candidatas en relación con el perfil del puesto cuya cobertura se pretende.

Las personas candidatas podrán ser citadas para la realización de una entrevista personal que versará sobre aspectos del “curriculum vitae” presentado, puntos concretos de los méritos aducidos y, en general, aquellos otros aspectos que permitan al órgano de selección evaluar su idoneidad para el puesto.

Madrid, a 20 de septiembre de 2022.—La Rectora, P. D., el Gerente (Resolución de 2 de julio de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de julio de 2021), Ernesto Fernández-Bofill González.

(03/18.228/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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