Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
22-09-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220922-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

75
Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación terrenos

Modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

En el Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su sesión celebrada con fecha 12 de julio de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación ordenanza fiscal reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa, que ha resultado definitiva al no presentarse reclamaciones, en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Texto de la modificación

Modificación del artículo 3 de la ordenanza reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa, que en su apartado 2 se determina y aprueba la siguiente redacción:

2) Las tarifas del precio publico serán las siguientes: por cada metro cuadrado de superficie ocupada, incluyendo toldo, en todo el municipio:

— 1 euro por metro2 al mes.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente. Lo que se hace público para general conocimiento.

Gargantilla del Lozoya, a 13 septiembre de 2022.—El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.

(03/17.873/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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