Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
23-09-2022

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220923-13

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 2758/2022, de 15 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Por Orden 1007/2022 del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se aprobó el 29 de abril de 2022, el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

Dicho plan contemplaba la financiación de actividades concretas de cuatro fundaciones imbricadas en el sistema madrileño de ciencia, tecnología e innovación, al objeto de garantizar el adecuado funcionamiento de las actividades de las cuatro entidades que se detallaban en el Anexo del Plan, cuya labor resulta fundamental dentro del sistema madrileño de ciencia, tecnología e innovación.

Asimismo, la Comunidad de Madrid recibió invitación para participar en la Fundación “Margarita Salas”, como miembro fundador y como miembro de su patronato, autorizándose su participación en la constitución de la misma, como miembro fundador y como patrono nato, a través de la Dirección General competente materia de investigación científica, según Decreto 28/2022, de 11 de mayo, del Consejo de Gobierno. Por otra parte, la Fundación Parque Científico de Madrid, en la reunión de su patronato de fecha 19 de junio de 2022, acordó la incorporación de la Comunidad de Madrid a su patronato, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por unanimidad de todos los miembros del mismo, aceptándose esta formalmente por parte del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid.

En el caso de desaparición o cambio de la denominación, o de la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, sería patrono de la Fundación Parque Científico de Madrid, la Consejería que asumiera las competencias en materia de innovación tecnológica.

De manera consecuente con lo establecido en el plan estratégico aprobado con anterioridad, las dos subvenciones de concesión directa incorporadas en la presente modificación del Plan Estratégico, tendrán vigencia durante los años 2022, 2023 y 2024, permitiendo mantener y continuar con la actividad de fomento de la investigación y la innovación tecnológica a realizar mediante estas líneas de subvención.

Por ello, debe modificarse el Plan Estratégico para que refleje estas circunstancias. En virtud de lo anterior.

DISPONGO

Modificar el Anexo de la Orden 1007/2022, de 29 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024, en los términos que figuran en el Anexo de la presente Orden.

Madrid, a 15 de septiembre de 2022.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

ANEXO

1. Ámbito normativo

— Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, (“Boletín Oficial del Estado” número 131, de 2 de junio de 2011).

— Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 117, de 19 de mayo de 1998, “Boletín Oficial del Estado” número 194, de 14 de agosto de 1998.

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

— Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

2. Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del plan

La finalidad de estas líneas de subvención es permitir el desarrollo de actividades específicas de seis fundaciones imbricadas en el sistema madrileño de ciencia, tecnología e innovación:

— Fundación Severo Ochoa.

— Fundación Universidad Empresa.

— Fundación Residencia de Estudiantes.

— Fundación COTEC para la Innovación.

— Fundación Margarita Salas.

— Fundación Parque Científico de Madrid.

3. Costes presupuestarios previsibles

El gasto destinado a estas ayudas se financiará con cargo al crédito presupuestario del programa 466A “Investigación” de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, por un importe total de 495.000,00 euros.

Se prevé que ese mismo importe se destine en cada uno de los ejercicios 2023 y 2024 para atender estas subvenciones nominativas, que dependerá en todo caso, de lo que establezca la normativa presupuestaria de estos ejercicios.

4. Fuentes de financiación

La financiación del desarrollo de las distintas actividades específicas objeto de subvención correrá a cargo del crédito que a tal efecto figure en el programa 466A “Investigación” (subconceptos 48102, 48123, 48140, 48146 y 48148) del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2022, y se distribuirá del modo siguiente:

— Fundación Severo Ochoa. Subconcepto: 48123. Importe: 50.000,00 euros.

— Fundación Universidad Empresa. Subconcepto: 48140. Importe: 180.000,00 euros.

— Fundación Residencia de Estudiantes. Subconcepto: 48148. Importe: 20.000,00 euros.

— Fundación COTEC para la Innovación. Subconcepto: 48146. Importe: 60.000,00 euros.

— Fundación Margarita Salas. Subconcepto: 48102. Importe: 25.000,00 euros.

— Fundación Parque Científico de Madrid. Subconcepto: 48102. Importe: 160.000,00 euros.

5. Plazo de ejecución

Las distintas actividades objeto de subvención se ejecutarán durante el ejercicio 2022, así como para las siguientes anualidades 2023 y 2024.

6. Indicadores

Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de estas líneas de subvención. Los indicadores establecidos se encuentran identificados en las tablas anexas, para cada una de las fundaciones objeto del presente Plan Estratégico de subvenciones de concesión directa.

En particular, para la Fundación Residencia de Estudiantes, Fundación COTEC para la Innovación, Fundación Margarita Salas y Fundación Parque Científico de Madrid, dado que la participación de la Comunidad de Madrid corresponde a la aportación como cuota patronal para el mantenimiento de las actividades generales de estas fundaciones, no se aplica el establecimiento de indicadores.

Será imprescindible la presentación en el plazo establecido en cada caso de una memoria justificativa de las actividades de cada entidad y de la adecuada justificación documental del destino de los fondos recibidos.

7. Sistemas de evaluación

La evaluación se basará principalmente en la revisión de la documentación justificativa que se ha descrito en el apartado anterior.

8. Medidas correctoras

La Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica actuará como órgano gestor de las líneas de ayudas y analizará la documentación presentada, valorando la adecuación de las actividades justificadas, generando premisas e hipótesis de trabajo que posteriormente podrán servir para formular medidas de actuación y mejora de las futuras subvenciones, permitiendo garantizar así la optimización del uso de los fondos públicos.

9. Líneas de actuación

Las principales líneas de actuación llevadas a cabo a través de las subvenciones de concesión directa destinadas a fundaciones en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación, se resumen a continuación:

— Programa “Ciencia Contigo” para acercar la ciencia y sus investigadores a los ciudadanos y sociedad madrileña y española, y fomentar las vocaciones científico- tecnológicas entre jóvenes, visibilizando a la mujer como profesional esencial en la investigación científica.

— Gestión del Portal de Empleo I+D+i y formación de recién titulados para facilitar su incorporación al sector productivo.

— Participación en el Patronato de la Fundación Residencia de Estudiantes como lugar de encuentro de la cultura internacional, y en particular para el fomento de la cultura científica y tecnológica.

— Participación en la Fundación COTEC para la Innovación a través de su Patronato y de los Grupos de Trabajo, para fortalecer el sistema de innovación madrileño con nuevas propuestas, informes y ejemplos de buenas prácticas y colaboración entre agentes del sistema innovador nacional.

— Participación en el Patronato de la Fundación Margarita Salas como lugar de encuentro para conservar y proteger el legado material e inmaterial de la bioquímica, y en particular para proyectar su figura como mujer investigadora.

— Participación en la Fundación Parque Científico de Madrid a través de su Patronato, fomentando la transferencia de tecnología, impulsando el emprendimiento científico y tecnológico innovador, potenciando la colaboración público-privada en innovación y, en definitiva, contribuyendo a fortalecer el ecosistema madrileño de I+D+i.











(03/18.064/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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