Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220926-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto 14222, del 21 de septiembre de 2022, por el que se convocan ayudas de material escolar para el curso 2022-2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas de material escolar para el curso 2022-2023 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ).

BDNS: 649866

Primero. Beneficiarios.—Familias de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos: estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre, madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2022, debiéndose mantener dicha situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.

a) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales todos los miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta.

b) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ninguno de los miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta.

c) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2022-2023 en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio, en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

d) La renta per cápita familiar no podrá superar los 8.000 euros anuales en el año 2021. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestado.

e) El alumno que repita curso no podrá ser beneficiario de la ayuda para el curso que repite, salvo circunstancias sobrevenidas y con carácter excepcional previo informe favorable de la Comisión de Valoración estudiadas dichas circunstancias.

f) No podrán optar a las ayudas de Bachillerato ni de Ciclo Formativo de Grado Medio los que estén en posesión o tengan los requisitos legales para la obtención de un título oficial del mismo o superior nivel correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda. Además, deben estar matriculados de todas las asignaturas del curso.

Segundo. Finalidad.—La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de material escolar para el curso 2022-2023.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general reguladora de subvenciones en Materia de Educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de fecha 26 de julio de 2016.

Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas de material escolar para el curso 2022-2023 es de 183.600 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 22 de septiembre de 2022.—La concejal-delegada de Educación, Ana Isabel Sotos Montalvo.

(03/18.510/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220926-34