Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220926-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Algete. Régimen económico. Bases ayudas mejora habitabilidad

Por decreto de la concejala de Políticas Sociales, de 10 de agosto de 2022, se aprobaron las bases reguladoras y convocatoria de ayudas para la mejora de habitabilidad de la vivienda para personas mayores de 65 años y personas menores de 65 años que tengan grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, con baremo de movilidad positivo.

Las presentes ayudas tienen por objeto establecer para el año 2022 el régimen de concesión por el Ayuntamiento de Algete de ayudas complementarias para la mejora de habitabilidad de la vivienda, colaborando con las citadas ayudas en los gastos que ocasionen las pequeñas reformas, adaptaciones, reparaciones y acondicionamiento de la vivienda cuyo objeto sea la mejora de sus condiciones de habitabilidad.

Tendrán cabida en esta convocatoria todas las solicitudes que figure que la obra u adquisición de elementos realizadas a partir del 1 de enero de 2022. Quedan excluidas las obras que supongan solo una finalidad estética.

Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas que haya recibido el solicitante de otros organismos, para este mismo objeto

La finalidad de estas ayudas es incidir en aquellas condiciones de la vivienda que puedan producir efectos acumulativos de riesgo que agudicen la situación de dependencia o de aislamiento, posibilitando con las mismas el mantenimiento de unas condiciones mínimas de salubridad e higiene, la eliminación de barreras arquitectónicas y el facilitar la movilidad interior, así como el aumento de la seguridad en el entorno doméstico, eliminando el riesgo de accidentes.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar empadronado en Algete.

2. Tener cumplidos los 65 años a la fecha de presentación de solicitudes.

3. Personas menores de 65 años que tengan grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y tengan reconocido un baremo de movilidad positivo.

4. Tener problemas de autonomía personal reducida o limitada, siendo necesario a tales efectos obtener un mínimo de 5 puntos dentro del criterio establecido con relación a su situación de dependencia.

5. Que la vivienda en la que se producirá la mejora o acondicionamiento sea propiedad del solicitante.

6. No haber superado durante el año 2021 el umbral 11.862,9 euros de renta de la unidad familiar (1,5 veces el IPREM).

7. El solicitante en el momento de presentar la solicitud debe encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la AEAT/Seguridad Social y Ayuntamiento de Algete.

Las bases completas estarán disponibles en el tablón de edictos de la sede electrónica y en la web del Ayuntamiento http\\www.aytoalgete.es

Algete, a 22 de septiembre de 2022.—La concejala de Políticas Sociales, María Paz Domínguez Blázquez.

(03/18.460/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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