Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2022

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220926-66

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE PARLA NÚMERO 1

66
Parla número 1. Procedimiento 44/2021

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso entre D./Dña. SOUMIA EL BENAISSATI y D./Dña. SALAH KHARTA se han dictado las siguientes resoluciones:

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA QUE LA DICTA: D./Dña. MARÍA TERESA VÁZQUEZ QUERO

Lugar: Parla

Fecha: siete de marzo de dos mil veintidós

1.- No habiendo comparecido la parte demandada D./Dña. SALAH KHARTA, dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la LEC, se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.

Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por estar en ignorado paradero la parte demandada, notifíquesele esta resolución por edictos, publicando copia de esta resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse.

2.- Cumplido el trámite de contestación a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 440, al que remiten los artículos 753 y 770, todos ellos de la LEC, se convoca a las partes a la celebración de la vista principal de este juicio, para cuyo acto se señala el día 07/06/2022 a las 09:30 horas.

3.- Cítese a las partes, haciéndolas saber que deben comparecer al acto de la vista por sí mismas, apercibiéndolas que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. También será obligatoria la presencia de los abogados respectivos (artículo 770 regla 3ª).

4.- Adviértase también a las partes que deben comparecer en la vista con las pruebas de que intenten valerse, haciéndolas saber que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar al Juzgado qué personas que por no poderlas presentar ellas mismas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedores de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación (artículo 440.1 LEC).

5.- Cítese para el acto de la vista al Ministerio Fiscal.

El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia”

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA QUE LA DICTA: D./Dña. MARÍA TERESA VÁZQUEZ QUERO

Lugar: Parla

Fecha: catorce de septiembre de dos mil veintidós

Se señala para la celebración de la vista el próximo día 19 de octubre de 2022 a las 9,45 horas. Para la citación al demandado publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo dispongo y firmo. Doy fe.

El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia”

Y para que sirva de citación a D./Dña. SALAH KHARTA expido y firmo la presente en Parla, a catorce de septiembre de dos mil veintidós

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.992/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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