Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
28-09-2022

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220928-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 2

68
Navalcarnero número 2. Procedimiento 1189/2015

EDICTO

En este Juzgado número 2 de Navalcarnero se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados, entre doña Sonia Mabel Díaz Sachelaridi y don David Quesada Pérez, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor:

Sentencia número 63/2019

Navalcarnero, a 9 de abril de 2019.—Vistos por doña María José Mendoza Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio ordinario sobre privación de la patria potestad número 1189/2015, seguidos a instancias de la procuradora de los tribunales doña Cristina Fernández Rodríguez, en nombre y representación de doña Sonia Mabel Díaz Sachelaridi, demanda en solicitud de privación de la patria potestad y demás derechos inherentes frente a don David Quesada Pérez respecto de su hija menor ***, en situación de rebeldía procesal, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, ha venido a dictar la presente resolución a la que sirven de base los siguientes

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Cristina Fernández Rodríguez, en nombre y representación de doña Sonia Mabel Díaz Sachelaridi, en solicitud de privación de la patria potestad y demás derechos inherentes frente a don David Quesada Pérez, en situación de rebeldía procesal, respecto de su hija menor ***, debo acordar y acuerdo otorgar el ejercicio de la patria potestad en exclusiva a doña Sonia Mabel Díaz Sachelaridi, respecto de la menor ***.

Asimismo, se acuerda la obligación de don David Quesada Pérez de contribuir a los alimentos de su hija *** en la cantidad de 100 euros mensuales, cantidad que se actualizará con los incrementos anuales que determine el IPREM u organismo que lo sustituya.

No procede hacer expresa imposición a las partes de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento.

Y para que sirva de notificación a don David Quesada Pérez, por encontrarse en ignorado paradero, expido y firmo la presente.

En Navalcarnero, a 16 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.166/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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