Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220930-34

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Chamartín

34
Madrid. Régimen económico. Distrito de Chamartín. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Convocatoria Pública del Certamen de Belenes en centros educativos del Distrito de Chamartín 2022.

BDNS (Identif.): 649465

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/649465 ).

Primero. Destinatarios.—Podrán presentarse al Certamen cualquier centro educativo ubicado en el distrito de Chamartín.

Cada centro educativo podrá presentar a concurso un único belén, que estará expuesto en su recinto.

Segundo. Objeto.—El Certamen de Belenes en centros educativos de Chamartín 2022 tiene como principal objetivo fomentar la creatividad y habilidades artísticas de los más jóvenes como forma de expresión y desarrollar valores educativos y sociales asociados a la historia y tradiciones navideñas.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.

Cuarto. Cuantía.—La concesión del premio no podrá ser en ningún caso antes del 31 de enero de 2023.

Se concederán dos premios dotados con las siguientes cantidades:

— Primer premio: 1.200 euros.

— Segundo premio: 600 euros.

La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse “ex aequo”. Por decisión del jurado, cualquiera de los premios podrá quedar desierto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 15 de noviembre de 2022, incluido.

Se podrán presentar las inscripciones:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es . En este caso, deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El modelo de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ). La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

Los participantes deberán aportar, junto a la solicitud de inscripción, una declaración responsable de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Público, así como de no estar incursos en alguna de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla.

Sexto. Disposiciones del concurso y características de los belenes.—1. El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material y las figuras y representaciones que lo compongan deberán haber sido diseñadas y realizadas por el alumnado del centro educativo.

2. Los centros participantes deberán mostrar al jurado, el mismo día en que realicen la visita al colegio para valorar el belén, una presentación multimedia formada por 15 fotografías y duración máxima de un minuto, que resuma el proceso de elaboración del belén, donde se aprecien, fundamentalmente, las siguientes situaciones:

— Implicación de la comunidad educativa en el proceso de elaboración del belén.

— Los materiales utilizados para elaborar la obra.

— Proceso de elaboración de las piezas integrantes del belén por parte del alumnado.

— Resultado final de la obra.

3. No se aceptan belenes vivientes.

4. El fallo será inapelable y se realizará con arreglo a los siguientes criterios de valoración:

— Grado de colaboración de la comunidad educativa del centro en el proyecto (profesorado, alumnado, familias, personal no docente): 3 puntos.

— Confección o naturaleza de las diferentes figuras y elementos: 3 puntos.

— El uso de materiales de reciclaje: 2 puntos.

— Visión armónica de la obra: 2 puntos.

El jurado valorará cada obra con un máximo de 10 puntos.

5. El jurado del concurso será el encargado de valorar los trabajos realizados, y de proponer, de los centros participantes, los que resulten premiados. El jurado podrá declarar desierto el concurso.

6. Se asignará el primer premio al belén que obtenga la mayor puntuación; el segundo premio al que obtenga la segunda mejor puntuación. El jurado es el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas. Asimismo, el Distrito de Chamartín se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del Certamen.

Madrid, a 19 de septiembre de 2022.—La concejala del Distrito de Chamartín, Sonia Cea Quintana.

(03/18.517/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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