Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220930-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
Majadahonda. Organización y funcionamiento. Mesa contratación permanente

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2022, aprobó la modificación de la Mesa de Contratación Permanente para asistir al órgano de contratación cuando este sea el Pleno o la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación del mismo, acordándose:

“Primero.—Designar con carácter permanente a los siguientes miembros de las mesas de contratación:

— Presidente: jefe del Servicio de Contratación.

— Primer suplente del presidente: directora-coordinadora del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos.

— Segundo suplente del presidente: técnico de Administración General adscrito a la Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos.

— Primer vocal: secretaria general o quien legalmente le sustituya.

— Segundo vocal: interventor municipal o el funcionario que tenga atribuida la función de control económico presupuestario.

— Tercer vocal: un funcionario del grupo A1 o A2 del Área que proponga la necesidad del contrato o empleado laboral de nivel equivalente.

— Secretario: un técnico de Administración General adscrito a la Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos o, en su defecto, un funcionario administrativo (C1) adscrito al Área de Contratación.

Asistirán a la Mesa de Contratación, con voz pero sin voto, en calidad de asesores, los técnicos del servicio que propone la contratación o cualquier otro técnico a requerimiento de la Mesa.

Esta composición de las mesas de contratación será aplicable a aquellas que se deban constituir en expedientes en que el órgano competente sea el Pleno de la Corporación o la Junta de Gobierno por delegación del Pleno.

Segundo.—La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su aprobación, en relación a aquellas mesas que se celebren a partir de la citada fecha, sin perjuicio de su notificación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Plataforma de Contratación y en el Portal de Transparencia.

Tercero.—Se dará cuenta a la Comisión de Vigilancia de la Contratación”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Majadahonda, a 7 de septiembre de 2022 .—La concejal-delegada de Bienestar Social, Mayores, Servicios Jurídicos y Régimen Interior, M.a José Montón Rosáenz.

(03/18.710/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220930-57