Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221003-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 16 de septiembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de establecimiento de precio privado por participación a través de stand en la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.

La disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, dispone que el establecimiento, fijación de la cuantía, administración y cobro de contraprestaciones pecuniarias por venta de bienes, prestación de servicios o realización de actividades llevadas a cabo por la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, que sean precios privados y por ello no tengan la consideración de tasas o precios públicos, corresponderá al Consejero u órgano competente del ente institucional gestor de los ingresos, previo informe favorable del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.

El apartado segundo de la citada disposición establece que, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, podrán fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.

En cumplimiento de esta normativa se ha elaborado la Memoria Económico-Financiera donde se justifica el importe propuesto y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes a la celebración, los días 23 y 24 de noviembre de 2022, en el Recinto Ferial de Madrid, de la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo expuesto, y previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,

DISPONGO

Primero

Objeto y financiación

Mediante la presente Orden se establecen como precios privados por la participación a través de stand en la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad, cofinanciado al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, que se celebrará los días 23 y 24 de noviembre de 2022 en el Recinto Ferial de Madrid, las siguientes cuantías, respectivamente, 2.000 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de Promotor y 500 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de Participante, entendiendo como modalidad de participación la utilización de stands de distintos precios y tamaños, y las diferentes prestaciones a que tendrán derecho en función de su tipo de participación.

Segundo

Forma de pago

1. El pago de los precios privados regulados en la presente Orden se efectuará con anterioridad a la fecha de realización de la feria, utilizando el modelo normalizado de ingreso 039.

2. El modelo 039 podrá obtenerse en la página web de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), a través del servicio de Administración Digital. Punto de Acceso General/Pagar Tasas y Precios Públicos. A través de este enlace se podrá realizar el pago por Internet, así como descargar la aplicación móvil “app tasas” disponible para sistemas iOS y Android. También puede obtenerse a través del enlace:

https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/#!/main

En los dos enlaces citados, las empresas y entidades que participen podrán buscar el precio según su modalidad de participación a través de su denominación “Feria de Empleo” o a través del QR “7062” o “7063” para las modalidades de participante y promotor, respectivamente.

Las modalidades de pago podrán ser:

— En efectivo, en alguna de las siguientes entidades colaboradoras: BBVA, Banco Sabadell, Cajamar y Caixabank (incluye la red de oficinas de Bankia).

— Por banca electrónica, mediante cargo en cuenta o pago con tarjeta, accediendo a través de los enlaces anteriormente citados. Para el pago por banca electrónica será necesario estar en posesión de un certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

— Mediante la aplicación para dispositivos móviles denominada “app tasas” de la Comunidad de Madrid.

3. El pago y la consiguiente participación en la XIII Feria de Empleo para Personas con Discapacidad ha de recibir previamente la conformidad expresa de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, canalizada a través de la empresa adjudicataria del contrato para su organización.

Tercero

Cesión de derechos de participación y representación en la Feria

No está permitida la cesión parcial o total de los derechos de participación en la feria a terceros ni, por consiguiente, la ocupación de un stand por varios co-expositores. Por tanto, el espacio concedido solo podrá ser ocupado por la empresa o entidad que haya efectuado el pago a que se refiere la presente Orden.

Por otro lado, las empresas y entidades que concurran en la modalidad de participante no podrán disponer de más de un stand.

Cuarto

Obligación de las empresas

Todas las empresas presentes en la feria, tanto en la modalidad de Promotor como de Participante, asumen las mismas obligaciones:

— Las empresas asumen la obligación de informar a los asistentes a la feria de sus ofertas de empleo vacantes, o de sus previsiones de contratación a corto/medio plazo.

— Las empresas y entidades asumen la obligación de prestar, de forma continuada durante el horario de celebración de la misma, el servicio de atención e información en su stand, sin que existan intervalos en los que haya stands cerrados o desatendidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Madrid.

Madrid, a 16 de septiembre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.

(03/18.318/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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